martes, 10 de marzo de 2026 16:17

Economía

El Gobierno modifica la normativa sobre la comercialización y uso de equipos radioeléctricos

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto que modifica los requisitos aplicables a la comercialización, puesta en servicio y uso de los equipos radioeléctricos, así como el procedimiento de evaluación de la conformidad, la vigilancia del mercado y el régimen sancionador en materia de telecomunicaciones.
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El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, durante el acto ‘Igualdad Digital Ya’, en la sede del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a 5 de marzo de 2026, en Madrid (España). El acto ha

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto que modifica los requisitos aplicables a la comercialización, puesta en servicio y uso de los equipos radioeléctricos, así como el procedimiento de evaluación de la conformidad, la vigilancia del mercado y el régimen sancionador en materia de telecomunicaciones.

En concreto, el Gobierno ha dado 'luz verde' a la modificación del Real Decreto 188/2016, con el objetivo de adaptar la normativa española a las nuevas disposiciones europeas.

El nuevo texto incorpora a la legislación nacional la Directiva (UE) 2024/2749 y el Reglamento (UE) 2024/2747, aprobados en 2024, que tienen como finalidad asegurar que situaciones de crisis, como la provocada por la pandemia de la Covid-19, no alteren el funcionamiento normal del mercado interior de la Unión Europea ni afecten a la libre circulación de mercancías, servicios y personas, garantizando además la disponibilidad de bienes y servicios esenciales para la ciudadanía.

El Real Decreto aprobado hoy establece procedimientos de emergencia para la introducción en el mercado de equipos radioeléctricos que serán aplicables si se activa el modo de emergencia del mercado interior y siempre que ese equipo específico haya sido designado como bien pertinente para crisis.

El texto también establece que los organismos que evalúan la conformidad den prioridad a los equipos que son pertinentes en esa situación de crisis y a las actividades de vigilancia del mercado y asistencia mutua entre los Estados de la UE.

En caso de perturbaciones en el mercado interior, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, como autoridad competente, podrá autorizar, con carácter excepcional y temporal, la introducción en el mercado de equipos radioeléctricos que no han sido sometidos a los procedimientos habituales de evaluación de la conformidad. Consecuentemente, estos productos no podrán llevar el marcado CE.

De esta manera se facilita la labor a los fabricantes de equipos radioeléctricos, al permitirles introducir con rapidez en el mercado equipos antes de finalizar los procedimientos de evaluación de la conformidad, y con ello posibilitar que la introducción acelerada y excepcional en el mercado contribuya al rápido aumento del suministro de equipos que sean necesarios.

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