El TJUE avala impedir votar a accionistas sancionados por la UE por su vinculación a Rusia
También permite congelar activos de empresas de otros países si están controladas por personas sancionadas
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado que las sanciones europeas contra Rusia puedan impedir a empresarios sancionados participar y votar en juntas de accionistas de sociedades de otros países, y también ha dictaminado que los activos de empresas que operan en territorio comunitario pueden ser congelados si están controladas por personas incluidas en las sanciones.
En dos sentencias publicadas este jueves, el tribunal ha interpretado el alcance de las medidas restrictivas adoptadas por la Unión Europea en respuesta a la invasión rusa de Ucrania, aclarando cómo deben aplicarse cuando afectan a participaciones empresariales y a sociedades vinculadas con personas incluidas en las medidas restrictivas de la UE.
Por un lado, el TJUE ha considerado que la inmovilización monetaria impuesta a una persona también le impide ejercer los derechos vinculados a participaciones societarias, como asistir o votar en juntas de accionistas, ya que "los certificados de valores constituyen un fondo", y votar en una junta implica usar ese dinero.
Si el sancionado pudiera votar en una junta de accionistas podría, según la interpretación del alto tribunal, tomar decisiones que influyan "en el estado y el funcionamiento de la sociedad" y, por consiguiente, "en su valor" y en el precio estimado de las acciones.
En la segunda sentencia, el TJUE aclara que se pueden congelar los bienes de una empresa que no está sancionada si su dueño si lo está, ya que si solo se congelaras los bienes de los sancionados simplemente podrían mover su dinero a través de sociedades pantalla, evitando así que se les apliquen las medidas restrictivas impuestas por la UE.
Además, el alto tribunal establece que si una persona tiene el 50% o más de una empresa, se presume que controla "no solo a dicha sociedad, sino también sus fondos y recursos económicos", si bien ha recocido el derecho a ir a juicio y demostrar que, aunque el sancionado tenga la mitad de la empresa, en realidad no la dirige.
Las dos sentencias responden a solicitudes planteadas por tribunales de Países Bajos y Lituania sobre la interpretación de la normativa europea de sanciones, y serán ahora los órganos judiciales nacionales los encargados de resolver los litigios conforme al criterio fijado por el TJUE, según ha explicado el organismo judicial en un comunicado.

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