El Defensor del Pueblo recibe quejas sobre retrasos en la tramitación de ayudas del 'Kit Digital'
El Defensor del Pueblo ha recibido quejas de ciudadanos en relación con la falta de resolución de expedientes de ayudas, entre ellos los relativos al programa 'Kit Digital'.
Así se recoge del 'Informe Anual 2025' de la institución, que el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha entregado este martes a la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol.
En uno de los expedientes de queja, el caso estaba vinculado "a la actuación del agente digitalizador" encargado de gestionar la ayuda del programa, enmarcado en la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
En su respuesta, el Defensor del Pueblo informó al ciudadano de que "el artículo 10.7 de la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, refiere que los agentes digitalizadores adheridos están sujetos a un procedimiento de control por parte de la entidad Red.es".
Este procedimiento "comprende los requisitos y obligaciones establecidas en las bases para dichos agentes y abarca de forma continua el período de vigencia del programa Kit Digital", añadió. Por tanto, según el Defensor del Pueblo, "la persona interesada ha de poner los hechos que le afectan en conocimiento de la entidad referida, a fin de que se adopten las actuaciones correspondientes".
TAMBIEN RECIBE QUEJAS DEL 'PLAN MOVES III'
El Defensor del Pueblo ha recibido también quejas de ciudadanos por la falta de resolución de los expedientes de ayudas relacionadas, en su mayoría, con el 'Plan Moves III'.
La gestión de este tipo de ayudas puede realizarse directamente por parte de la comunidad autónoma o a través de una entidad colaboradora. En uno de los casos analizados, un ciudadano planteó un problema tras contratar los servicios de una empresa para la instalación de un punto de recarga, al señalar "dificultades de comunicación con la empresa adherida y su posible cese de actividad".
Ante esta situación, la Agencia Andaluza de la Energía informó que "el artículo 22.2 de la Resolución de 7 de julio de 2021, de la citada agencia, por la que se convocan para el período 2021-2023 los incentivos de mejora energética del transporte en Andalucía (acogidos al Real Decreto 266/2021, de 13 de abril), establece que la solicitud, tramitación y justificación del incentivo corresponde únicamente a la empresa adherida seleccionada por el beneficiario".
No obstante, el organismo precisó que, "atendiendo a las especiales circunstancias que manifestaba el interesado, se habilitará al beneficiario la posibilidad de aportar la documentación no aportada por la entidad adherida para continuar con la tramitación del expediente".
Asimismo, la Agencia Andaluza de la Energía indicó que "se formalizará un procedimiento para dar respuesta a otros casos similares que pueden presentarse".

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