La CNMC cuestiona los impedimentos del Gobierno a FlixBus en su nueva ruta Benidorm-Lisboa
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha cuestionado los impedimentos del Gobierno a FlixBus en su nueva ruta internacional Benidorm-Lisboa, al advertir de que el criterio utilizado para denegar tres paradas intermedias no se apoya en razones imperiosas de interés general ni en la ley.
El regulador ha redactado un informe tras una reclamación presentada por la compañía alemana frente a una resolución del Ministerio que autorizaba esa línea pero prohibía el cabotaje (transportar pasajeros entre dos ciudades españolas), así como hacer parada en Utiel, Rivas-Vaciamadrid y Trujillo a lo largo del trayecto entre Benidorm y Lisboa.
A juicio de FlixBus, todas estas restricciones "resultan contrarias a los principios de no discriminación, necesidad y proporcionalidad de los artículos 3 y 5 de la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM) y también vulneran el principio de libre iniciativa económica del artículo 16 en relación con el artículo 9".
El Ministerio denegó esas tres paradas intermedias, aduciendo que incumplen el criterio de mantener distancias entre paradas no menores de 100 kilómetros y porque se sitúan en localidades que no son capitales de provincia. En Utiel, además, se alegan motivos de seguridad vial y falta de condiciones mínimas como estación de viajeros.
Sobre todo ello, la CNMC concluye que "no se justifica en razones imperiosas de interés general", apareciendo únicamente en unos criterios publicados el 16 de diciembre de 2019 por el Ministerio de Transportes, pero que no figura ni en la Ley de ordenación de los transportes terrestres (LOTT), ni tampoco en su reglamento.
En cuanto a la denegación del cabotaje, el Ministerio argumentaba que España se rige por el modelo concesional, en el que una empresa se adjudica una línea y la explota en exclusiva, por lo que dejar a FlixBus que recoja y deje pasajeros en ciudades donde ya opera esa concesionaria es contrario a la normativa española.
En su informe, la CNMC señala que la cuestión del cabotaje en España está pendiente de resolución en el asunto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), aunque insiste en el principio general de que las medidas nacionales deben respetar el principio de proporcionalidad y la primacía del Derecho de la UE.
Fuentes de FlixBus recuerdan que la Comisión Europa ya declaró que denegar el cabotaje no puede ampararse en el derecho nacional y que el TJUE ya denegó las cautelares que pidió España contra esa resolución de Bruselas.

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