miércoles, 22 de abril de 2026 13:17

Economía

La UE avala a la murciana Gor Factory y rechaza el diseño de zuecos de Crocs por falta de carácter singular

El Tribunal General de la Unión Europea ha desestimado el recurso presentado por la estadounidense Crocs contra la decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (Euipo) que declaró nulo su dibujo o modelo de zuecos, al considerar que carece de carácter singular frente a un modelo anterior comercializado como "Holey Soles" y defendido por la empresa murciana Gor Factory.
|

Diseño de zuecos de Crocs

El Tribunal General de la Unión Europea ha desestimado el recurso presentado por la estadounidense Crocs contra la decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (Euipo) que declaró nulo su dibujo o modelo de zuecos, al considerar que carece de carácter singular frente a un modelo anterior comercializado como "Holey Soles" y defendido por la empresa murciana Gor Factory.

La sentencia confirma que ambos diseños producen la misma impresión global en el usuario informado y que las diferencias apreciadas no son suficientes para conferir individualidad al modelo de Crocs.

El litigio se remonta a octubre de 2022, cuando Gor Factory, con sede en Fortuna (Murcia), solicitó ante la Euipo la nulidad del dibujo o modelo de la Unión Europea de Crocs, registrado para calzado tras una solicitud de noviembre de 2004. La compañía española alegó que el modelo impugnado no tenía carácter singular respecto del diseño de zuecos "Holey Soles", ya divulgado con anterioridad.

En enero de 2024, la Euipo acogió la solicitud de nulidad al concluir que el diseño de Crocs no presentaba carácter singular. En febrero de 2025, en resolución sobre el recurso interno de Crocs, la Oficina mantuvo su criterio tras constatar que el modelo anterior había sido divulgado en abril de 2003, antes de la fecha de prioridad reivindicada en la solicitud de patente estadounidense, y que ambos productos eran zuecos dirigidos a un usuario informado con un grado de atención relativamente elevado.

La Euipo apreció además que el grado de libertad del creador en el diseño de zuecos era elevado y que, pese a las posibilidades de variación en materiales, colores, motivos decorativos y disposición de agujeros y cortes, el modelo de Crocs y el diseño anterior generaban la misma impresión global. La única diferencia relevante, la presencia de una correa o talonera en el zueco de Crocs, no bastaba para contrarrestar las amplias similitudes entre ambos.

Crocs llevó entonces el caso ante el Tribunal General, donde alegó que la Euipo había infravalorado las limitaciones de diseño en los zuecos y que no había tenido suficientemente en cuenta la contribución de la correa o talonera al carácter singular de su modelo.

También sostuvo que la libertad del creador en este tipo de calzado era, como mucho, media, y que el elemento distintivo en el talón debería haber pesado más en la comparación de las impresiones globales.

En su fallo de hoy, el Tribunal General respalda el análisis de la Euipo y confirma que el grado de libertad del creador en el diseño de zuecos es elevado, dado que las exigencias funcionales -ergonomía del pie, suela y empeine robustos, estabilidad y protección- no impiden imaginar múltiples configuraciones en forma, tamaño, colores, materiales, motivos y distribución de agujeros y cortes.

Recuerda, además, que la presencia de características comunes en un tipo de producto no implica por sí sola una libertad de concepción restringida.

El Tribunal subraya que la Euipo examinó la impresión global comparando individualmente el modelo de Crocs con el diseño anterior y constatando que ambos presentaban esencialmente la misma forma de zueco, con suela gruesa, punta dura redondeada, idéntica disposición de agujeros circulares en la parte superior y el empeine y cortes trapezoidales en la zona anterior y lateral.

LA TALONERA, UN ELEMENTO DE MENOR IMPORTANCIA
La correa o talonera se consideró un elemento de menor importancia frente a la forma global coincidente y no suficiente para generar una impresión global diferente en el usuario informado.

El Tribunal General rechaza también que la Euipo hubiera ignorado la contribución de la correa al carácter singular, destacando que sí la tuvo en cuenta, pero concluyó que un usuario informado podría percibir el modelo de Crocs simplemente como una versión alternativa del diseño anterior.

Añade que factores como el proceso creativo, el éxito comercial del producto o su reconocimiento en el sector no forman parte de los criterios para valorar el carácter singular de un dibujo o modelo.

La sentencia recuerda que la principal característica de los zuecos reside en su forma redondeada, la parte trasera abierta y la suela relativamente plana, así como en la robustez de su suela y empeine para garantizar comodidad, estabilidad y protección.

Según la Euipo, avalada ahora por el Tribunal, el usuario informado prestará atención principalmente a estos elementos -suela gruesa y punta redondeada-, y no de forma determinante a la correa, que solo se incorpora de manera ocasional.

Contra la resolución del Tribunal General cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE, limitado a cuestiones de Derecho, en el plazo de dos meses y diez días desde su notificación, sujeto a un trámite previo de admisión en función de su relevancia para la unidad, coherencia o desarrollo del Derecho de la Unión.

Última hora

COMENTAR

Sin comentarios

Escribe tu comentario




He leído y acepto la política de privacidad

No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Última hora

Pressdigital
redaccion@pressdigital.es
Powered by Bigpress
RESERVADOS TODOS LOS DERECHOS. EDITADO POR ORNA COMUNICACIÓN SL - Publicidad
Aviso-legal - Política de Cookies - Política de Privacidad - Configuración de cookies - Consejo editorial
CLABE