miércoles, 27 de mayo de 2026 06:04

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El Gobierno recurre ante el Constitucional un artículo de una ley valenciana por discrepancias en normativa portuaria

El Gobierno ha decidido este martes presentar un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 173 de la ley de la Comunidad Valenciana de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización por discrepancias competenciales en normativa portuaria y pide, además, su suspensión provisional.
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La ministra Portavoz, Isabel Rodríguez, ofrece una rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, en el Palacio de La Moncloa, a 27 de septiembre de 2022, en Madrid (España).

El Gobierno ha decidido este martes presentar un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 173 de la ley de la Comunidad Valenciana de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización por discrepancias competenciales en normativa portuaria y pide, además, su suspensión provisional.

Según justifica el Ejecutivo, se considera que la inconstitucionalidad del artículo a impugnar afecta a cuestiones relativas a la distribución competencial y en particular a las competencias exclusivas del Estado en materia de puertos de interés general.

Esto se intentó corregir en la reunión que mantuvo el Gobierno central y el de la Comunidad Valenciana el pasado 23 de marzo, pero no se alcanzó un acuerdo respecto al artículo 173.

Así, el Gobierno fundamenta que las materias de discrepancia se integran dentro de la normativa portuaria y de la ordenación del territorio. Justifican que el Estado ostenta competencia exclusiva en materia de marina mercante y puertos de interés general de conformidad con el artículo 149 de la Constitución.

Por su parte, explica Moncloa, la Generalitat Valenciana tiene competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda, de conformidad con su Estatuto de Autonomía, aunque la exclusividad competencial en esta materia no significa que se trate de una competencia limitada.

A este respecto, el Tribunal Constitucional sostiene que la ordenación territorial corresponde a las comunidades autónomas, pero sin menoscabar las competencias reservadas al Estado. Así, el precepto reseñado de la ley autonómica supedita el ejercicio de la competencia exclusiva del Estado a la competencia autonómica, según entiende el Gobierno.

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