martes, 26 de mayo de 2026 10:20

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El PP lleva al Senado una iniciativa para recuperar las Juntas de vecinos por videoconferencia

El PP ha registrado una iniciativa en el Senado en la que propone una reforma de la Ley de Propiedad Horizontal para que se recoja expresamente la posibilidad de realizar Juntas de vecinos en modo telemático o mixto, de forma presencial y por videconferencia, como se hizo durante la pandemia del coronavirus.
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Archivo - Bloque de pisos

El PP ha registrado una iniciativa en el Senado en la que propone una reforma de la Ley de Propiedad Horizontal para que se recoja expresamente la posibilidad de realizar Juntas de vecinos en modo telemático o mixto, de forma presencial y por videconferencia, como se hizo durante la pandemia del coronavirus.

En el año 2021, el Gobierno aprobó un decreto que reguló la posibilidad de realizar juntas telemáticas ante la imposibilidad de mantener reuniones presenciales, pero estas medidas finalizaron su vigencia al año siguiente.

Por ello, los de Alberto Núñez Feijóo aprobarán esta moción --iniciativa no legislativa-- en la Comisión de Vivienda y Agenda Urbana del Senado para intentar forzar al Gobierno de Pedro Sánchez a hacer una actualización de la Ley de Propiedad Horizontal e introducir diferentes modificaciones para el proceso de digitalización y recuperar las Juntas de vecinos telemáticas.

Según el texto de la iniciativa, a la que ha tenido acceso Europa Press, además de proponer la vuelta de las Juntas de vecinos por videconferencia, el PP también quiere aprovechar esta reforma de la Ley para que los libros de actas se puedan llevar en formato y soporte electrónico.

QUE SE ADOPTEN LOS CAMBIOS LEGALES NECESARIOS
Del mismo modo, los 'populares' quieren que el Gobierno establezca medidas legislativas necesarias para que, cuando la comunidad de vecinos cuente con los servicios de un profesional, éste deba contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio.

El último punto de la iniciativa del PP también hace referencia a modificar la Ley para que suprima la primera convocatoria, "de modo que la constitución de la Junta de propietarios sea válida en única convocatoria".

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