miércoles, 27 de mayo de 2026 03:45

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Tribunal Cuentas rebaja multas a partidos políticos locales tras las sentencias del Supremo y del TC

El Tribunal de Cuentas ha rebajado las multas que impuso en su día a una serie de partidos políticos de ámbito municipal por exceso de gastos electorales en 2019, aplicando así la doctrina del Supremo y del Tribunal Constitucional que coinciden con el fiscalizador en que la ley vigente resulta desproporcionada.
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Archivo - Sede del Tribunal de Cuentas

El Tribunal de Cuentas ha rebajado las multas que impuso en su día a una serie de partidos políticos de ámbito municipal por exceso de gastos electorales en 2019, aplicando así la doctrina del Supremo y del Tribunal Constitucional que coinciden con el fiscalizador en que la ley vigente resulta desproporcionada.

El problema está localizado en el artículo 17 de la Ley de Financiación de los Partidos Políticos, que establece unas multas mínimas en función de si se trata de infracciones muy graves, graves y leves, que ascienden a 50.000, 25.000 y 5.000 euros, respectivamente.

Desde la entidad fiscalizadora denunciaron una falta de proporcionalidad entre el importe de la infracción cometida y la sanción finalmente impuesta en aplicación del régimen sancionador vigente, una desproporción que es "especialmente grave "en el caso de pequeñas formaciones, generalmente de ámbito local, para las que el límite máximo de gastos electorales es muy reducido y una ligera desviación implica una multa excesivamente gravosa.

DESDE 2021 EXIGIENDO UNA REFORMA LEGAL
Por ello, en los últimos años el Tribunal de Cuentas venía exigiendo a las Cortes Generales una modificación de la Ley Orgánica con el fin de revisar esas sanciones mínimas para corregir esta falta de proporcionalidad, y ahora la Justicia ha avalado su criterio.

De una parte, el Tribunal Supremo ha acabado anulando multas impuestas a 16 pequeños partidos locales que habían recurrido por la vía de lo contencioso administrativo, y recientemente ha sido el Constitucional quien, haciendo suyo el argumento del fiscalizador, ha sentenciado que ese precepto resulta desproporcionado para las formaciones locales.

Y, en consecuencia, el Tribunal de Cuentas ha acordado reducir de oficio las cuantías de las sanciones a ocho formaciones políticas que superaron los límites de gastos en las elecciones locales de 28 de mayo de 2019.

SE QUEDAN CON MULTAS DE MENOS DE 10.000 EUROS
Las formaciones políticas afectadas por estas revisiones de oficio han sido AIPC/SYS (Portocristo, Mallorca), Centrats en Nules (Castellón), Independientes por Arroyo de la Encomienda (Valladolid), la coalición IU-Equo-Izquierda Andalucista (Granada), Nou Horitzó (Girona), Son de Teo (A Coruña) y Unidas Se Puede (Tenerife), que se han quedado con multas por debajo de los 10.000 euros.

También se ha visto beneficiada por la rebaja la coalición Barcelona pel Canvi-Ciutadans que lideró Manuel Valls, aunque la medida no afecta a otra sanción de más 250.000 euros que se impuso por financiación irregular.

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