ONCE amplía el servicio de atención a ciegos extranjeros que vivan en España
El nuevo acuerdo entró en vigor el pasado lunes 1 de abril
ONCE amplía la cobertura de su catálogo de prestaciones de servicios sociales a las personas ciegas, con deficiencia visual grave o sordoceguera, de nacionalidad no española y residentes en España o a quienes el Ministerio del Interior haya concedido el derecho de asilo o la protección subsidiaria.
Así lo estipula un acuerdo adoptado por el Consejo General de la ONCE que entró en vigor el pasado lunes 1 de abril y establece la diversa tipología de servicios que podrán recibir. Se trata del cumplimiento de la Organización con la ciudadanía y en función del acuerdo Gobierno-ONCE para el período 2022-2031, que recoge las labores sociales que la Administración tiene encomendadas a la Institución.
La aplicación de la iniciativa se realizará desde los distintos centros de la ONCE repartidos por todo el territorio. Para ser atendidas, las personas beneficiarias, además de disponer de residencia legal en España o tener la condición acreditada de derecho de asilo o la protección subsidiaria, tendrán que presentar en ambos ojos, y con un pronóstico fehaciente de no mejora visual, al menos, una de las siguientes condiciones: agudeza visual igual o inferior a 0,1 obtenidas con la mejor corrección óptica posible o campo visual reducido a 10 grados o menos.
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