viernes, 19 de abril de 2024 08:50
Politica

El Gobierno recurre la ley catalana que pretendía investir a Puigdemont a distancia

El recurso al TC se produce así apenas dos días después de que el Consejo de Estado avalase esta decisión tendente a impedir que Puigdemont, huído de la justicia española en Alemania, sea investido presidente sin acudir al Parlament.

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Puigdemont renuncia


El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, convocó un Consejo de Ministros extraordinario pra este miércoles en el Palacio de la Moncloa para aprobar el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Presidencia de la Generalitat de Cataluña, que permitiría la investidura a distancia del expresidente Carles Puigdemont, según han informado fuentes del Ejecutivo.


El ministro portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, ha comunicado que el Gobierno ha interpuesto un recurso ante el Tribunal COnstitucional contra dicha reforma.


"El Parlament aprobó la modificación para permitir la investidura a distancia de Puigdemont, que es un prófugo de la Justicia, y lo hizo en contra del dictamen del Consell de Garantías Estatutarias", ha recordado Méndez de Vigo.


Con la interposición del recurso por parte del Gobierno, la reforma de la Ley de Presidencia quedará suspendida de forma automática y no será de aplicación.


AVAL DEL CONSEJO DE ESTADO


El recurso al Tribunal Constitucional se produce así apenas dos días después de que el Consejo de Estado, máximo órgano consultivo del Gobierno, avalase esta decisión tendente a impedir que Puigdemont, huído de la justicia española en Alemania, sea investido presidente sin acudir al Parlament.


En concreto, el Consejo de Estado estableció en su dictamen al respecto que el "oficio representantivo" exige que quien quiera ser candidato a la presidencia de la Generalitat tenga que estar presente en el acto, requisito que emana del Estatuto de Autonomía de Cataluña y de la Constitución, que no ofrecen excepciones ni alternativas.


En el dictamen, el órgano consultivo recuerda que ya ha opinado sobre la exigencia legal de que la investidura de un presidente debe ser personal y presencial. Explica que así lo prevé el Reglamento del Parlament, pero subraya especialmente que es lo que reclama también el Estatut sin "excepción alguna". A juicio del Consejo, tampoco cabe ahora "introducirla a través de una norma con rango de ley o, amparándose en la autonomía parlamentaria, mediante una modificación del Reglamento de la Cámara".

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