sábado, 20 de abril de 2024 10:59
Politica

La Sala del 61 rechaza apartar a Marchena y al resto de magistrados del tribunal de 'procés'

La Sala Especial del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) del Tribunal Supremo ha rechazado de forma unánime el expediente de recusación presentado por ocho de los procesados en la causa por rebelión en Cataluña contra el presidente del tribunal que les juzgará, Manuel Marchena, y el resto de miembros de este órgano, a los que acusaban de falta de imparcialidad. El contenido íntegro del auto se conocerá en los próximos días.
|

La Sala Especial del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) del Tribunal Supremo ha rechazado de forma unánime el expediente de recusación presentado por ocho de los procesados en la causa por rebelión en Cataluña contra el presidente del tribunal que les juzgará, Manuel Marchena, y el resto de miembros de este órgano, a los que acusaban de falta de imparcialidad. El contenido íntegro del auto se conocerá en los próximos días.

El alto tribunal no ve interés directo o indirecto de estos jueces en la causa y en apenas hora y media de deliberación ha dado al traste con el último intento de los exmandatarios independentistas de apartar de la causa a Marchena.

Anula igualmente el intento del presidente de Ómnium Cultural, Jordi Cuixart, de invalidar también al resto de magistrados designados para juzgar este asunto, que son Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre, Antonio del Moral García, Luciano Varela Castro, Andrés Palomo del Arco y Ana María Ferrer García.

Las recusaciones se presentaron tras la revelación del contenido de un mensaje que el portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, remitió a un grupo de chat de su grupo parlamentario afirmando que con la elección de éste como presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) permitiría controlar "desde atrás" a la Sala que enjuiciará el caso por el 'procés' independentista en Cataluña.

Según el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los exconsejeros en prisión Raül Romeva, Josep Rull y Jordi Turull; los expresidentes de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Ómnium Cultural Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y la exmiembro de la Mesa de esta cámara Anna Simó, el contenido de estos mensajes evidenciaría la falta de imparcialidad de Marchena en este asunto. Cuixart ha ampliado esta falta de imparcialidad al resto de miembros de la Sala.

MARCHENA Y MARTÍNEZ ARRIETA SE AUSENTAN
Esta Sala especial la integran el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, los presidentes de cada una de las cinco salas de este órgano y el magistrado más antiguo y el más moderno de cada una de ellas, si bien en la sesión de este miércoles sólo han estado 14 magistrados al ausentare Marchena y el magistrado más antiguo de lo Penal, Andrés Martínez Arrieta por ser igualmente miembro del tribunal enjuiciador. El ponente del auto será Jacobo Barja de Quiroga.

Los recurrentes argumentaban en su incidente de recusación que del 'whatsapp' enviado a los senadores 'populares' y de varias noticias publicadas, se deduce que Marchena "habría prestado inicialmente su conformidad" al pacto alcanzado para el PP y PSOE para que fuese elegido como el próximo máximo representante del Poder Judicial"

"De ser cierto su contenido, pondría en clara evidencia la inequívoca coincidencia de intereses entre el señor magistrado y el Partido Popular, hasta el punto de haberse acordado su presidencia para que actuase como correa de transmisión de los designios de dicha formación política en el Consejo General del Poder Judicial y como medio de control en la sombra de la Sala Segunda del Tribunal Supremo", explicaba el escrito.

Por el contrario, la presentación de recusaciones fue calificada por Marchena en su escrito de alegaciones a este incidente procesal como "una estrategia defensiva" que obliga a ese tribunal a "razonar su distanciamiento respecto del objeto del proceso". En su caso, Marchen aduce que no puede aceptarlas y recuerda que el mensaje telemático sobre el que se sustentan procede de una tercera persona.

"La imparcialidad de un magistrado ha de vincularse a sus propios actos o resoluciones -subrayaba Marchena en su escrito-. No puede hacerse depender de la opinión de terceros que expresan su personal criterio acerca de las consecuencias políticas de un determinado pacto entre dos fuerzas parlamentarias".

Última hora

COMENTAR

Sin comentarios

Escribe tu comentario




He leído y acepto la política de privacidad

No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Última hora

Pressdigital
redaccion@pressdigital.es
Powered by Bigpress
RESERVADOS TODOS LOS DERECHOS. EDITADO POR ORNA COMUNICACIÓN SL - Publicidad
Aviso-legal - Política de Cookies - Política de Privacidad - Configuración de cookies - Consejo editorial
CLABE