jueves, 28 de marzo de 2024 23:45
Politica

El Supremo avala la libertad de expresión de Rivera en defensa de hijos de guardias civiles de Cataluña

Archiva una querella presentada por un exmosso que le acusó de incitación al odio
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Archiva una querella presentada por un exmosso que le acusó de incitación al odio

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha archivado, por no ser los hechos "subsumibles en ningún tipo penal", una querella presentada por un exmosso d'esquadra contra el líder de Ciudadanos, Albert Rivera, por delito de odio relacionado con un mensaje en la red social Twitter en la que se aludía a maestros catalanes que señalaron públicamente a alumnos hijos de guardias civiles.

El archivo de la querella, presentada en el Supremo dada la condición de aforado del presidente de Ciudadanos, que es diputado en el Congreso, ha contado con el visto bueno de la fiscalía del alto tribunal, según recoge el auto dado ha conocer este miércoles.

Las expresiones vertidas por Rivera en su 'tweet', razona el alto tribunal, "tienen su encaje en el marco de la libertad de expresión y en consecuencia no son hechos constitutivos indiciariamente de ílicito penal alguno".

El acto denunciado, según la resolución del Supremo era un "simple comentario de Twitter" haciéndose eco de una noticia periodística del diario El Mundo titulada "Los 9 maestros catalanes de la infamia", de la que Rivera decía "Los maestros separatistas que señalaron públicamente a hijos d la Guardia Civil en Cataluña. La fiscalía los investiga por delitos de odio pero el Gobierno de España dice que no les abrirá expediente. Con cobardía nunca se vence al nacionalismo".

"EN MODO ALGUNO" ES DELITO
Para el Supremo dicho comentario "en modo alguno puede ser tachado de delictivo, al constituir una simple manifestación del derecho fundamental del artículo 20.1 de la Constitución, y en consecuencia se justifica por el valor predominante de la libertad de expresión".

Se trata, añade el auto, de un representante político que ejercita dicho derecho a la libertad de expresión "referido a un asunto de importancia y actualidad". Dice también que el contenido del mensaje "no revela carácter agresivo alguno en sus expresiones ni se constata en ellas odio al referirse a expresiones muy genéricas no incardinadas en el tipo penal" aludido en la querella, que es archivada.

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