jueves, 28 de marzo de 2024 17:34
Politica

El decreto ley sobre el alquiler del PSOE dura solo un mes

El Congreso deroga el decreto ley sobre el alquiler. Su convalidación ha sido rechazada con los votos de PP, Unidos Podemos, Ciudadanos, Esquerra (ERC), UPN, Bildu y Foro Asturias.

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El Pleno del Congreso ha derogado este martes el decreto ley que aprobó el Gobierno en diciembre sobre la regulación del alquiler, ya que su convalidación ha sido rechazada con los votos de PP, Unidos Podemos, Ciudadanos, Esquerra (ERC), UPN, Bildu y Foro Asturias.


La norma, que amplió hasta los cinco años la duración mínima de los contratos, ha recabado el apoyo del PSOE, PDeCAT, PNV, Compromís, Coalición Canaria y Nueva Canarias, pero esos votos no han sido suficientes para su convalidación.


Es el primer decreto ley del Gobierno de Pedro Sánchez que resulta derogado, todo ello a menos de un mes de que se debatan y voten los Presupuestos Generales del Estado de 2019.


Desde la Constitución, el Congreso ha tumbado cuatro decretos ley: uno de UCD en 1979 sobre la Junta Central de Acuartelamiento; uno del Ejecutivo de socialista de Zapatero sobre el impuesto al tabaco que cayó en 2006 por un error; otro del Gobierno Rajoy sobre estibadores en 2017, y este del alquiler.


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LOS CONTRATOS VUELVEN A UNA DURACIÓN MÍNIMA DE TRES AÑOS


La derogación del decreto supone el fin de todos los cambios impulsados por el Gobierno, tras haber elevado a cinco años la duración mínima de los contratos, que vuelve a ser de tres años. Asimismo, la prórroga tácita de tres años vuelve a ser de un solo año.


Otro de los cambios había sido la fijación de un máximo de fianza dos mensualidades y se establecía que los gastos de gestión inmobiliaria y la formalización del contrato recayeran en el arrendador en caso de tratarse de una persona jurídica.


Asimismo, permitía a los ayuntamientos destinar excedentes de tesorería en ayuntamientos con superávit a la promoción del parque de vivienda pública, eliminaba la obligación de repercutir el IBI al inquilino en alquiler social por parte de la Administración o entes públicos y entraba a limitar los alquileres turísticos.

En este sentido, permitía que una comunidad de propietarios, por mayoría cualificada de tres quintos, pudiera adoptar acuerdos para limitar o condicionar el ejercicio de la actividad del alquiler turístico de vivienda.

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