jueves, 28 de marzo de 2024 20:14
Politica

El SUP critica que se comisione a los policías de la 'operación verano' con dietas sin actualizar desde 2002

El Sindicato Unificado de Policía (SUP) ha criticado que el Ministerio del Interior comisione a los agentes que harán frente a la 'operación verano' con unas dietas "insuficientes" porque no se actualizan desde 2002, hace ya 17 años.
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Furgón de la Policía en un control antidrogas

El Sindicato Unificado de Policía (SUP) ha criticado que el Ministerio del Interior comisione a los agentes que harán frente a la 'operación verano' con unas dietas "insuficientes" porque no se actualizan desde 2002, hace ya 17 años.

En un comunicado, el SUP recuerda que muchos efectivos son desplazados para prestar servicio en verano fuera de sus plantillas y que estos funcionarios, algunos pernoctando fuera de sus domicilios durante más de la mitad de los días del año, perciben unas indemnizaciones por motivos de servicio "de todo insuficientes".

"Mientras que la media por pernoctación en nuestro país se situó por encima de los 98 euros en el año 2018, los policías siguen teniendo que solventar su alojamiento con 48 euros diarios para el alojamiento y 28 euros por jornada para su manutención", señala el SUP.

El sindicato denuncia que esta "precariedad" obliga a los policías a alojarse en lugares tan dispares como campings, albergues, pensiones u hoteles 'low cost', así como a recorrer largas distancias diariamente ante la imposibilidad de encontrar alojamiento en la localidad a la que son comisionados.

Por este motivo, el SUP insta al Gobierno a revisar de forma urgente el Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, actualizándolo y adaptándolo a la realidad del año 2019, al tiempo que exige la implantación de una dieta única para todos los miembros de la Policía Nacional, "dejando atrás diferencias entre escalas o categorías, anacrónicas e impropias de nuestro tiempo".

El sindicato informa que ha denunciado estos hechos ante el Consejo de Policía, reclamando que en tanto en cuanto no se acometan cambios en el citado Real Decreto, se active lo establecido en su artículo 11, permitiendo así incrementar puntualmente las indemnizaciones en aquellos casos en los que las circunstancias o las razones de servicio lo hagan imprescindible.

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