martes, 26 de mayo de 2026 09:35

Reacciones

La JEC multa a Torra con 5.500 euros por lanzar mensajes en favor de los políticos presos durante la campaña electoral

La Junta Electoral Central (JEC) ha multado al presidente de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, con un total de 5.500 euros, por quebrantar el principio de neutralidad que deben respetar los poderes públicos durante los periodos electorales al haber difundido, durante la campaña electoral de las elecciones generales del 28 de abril, mensajes en favor de los políticos que están presos a la espera de sentencia por el 'procés' o huidos de la Justicia española.
|

El presidente de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, interviene desde la tribuna en una sesión en el parlamento catalán.

La Junta Electoral Central (JEC) ha multado al presidente de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, con un total de 5.500 euros, por quebrantar el principio de neutralidad que deben respetar los poderes públicos durante los periodos electorales al haber difundido, durante la campaña electoral de las elecciones generales del 28 de abril, mensajes en favor de los políticos que están presos a la espera de sentencia por el 'procés' o huidos de la Justicia española.

En concreto, el organismo arbitral impone una sanción a Torra de 3.000 euros, por un mensaje difundido por los canales institucionales de la Generalitat, con motivo del Día de San Jordi, el pasado 23 de abril, en el que achacaba a la "represión del Reino de España" la situación de los políticos "presos" o "exiliados". "Los juicios políticos no se pueden tolerar", afirmaba también en ese mensaje.

Además, la JEC castiga a Torra con multa, de 2.500 euros, por enviar el mismo día 23, un correo electrónico a los funcionarios de la Generalitat en el que hacía referencia al "nefasto 155" o la ausencia en las celebraciones de San Jordi de "el presidente Puigdemont y los consejeros de su Gobierno que están con el en el exilio o en prisión".

La Junta Electoral Central concluye que, con estos mensajes, Torra incurrió en la infracción tipificada en el artículo 153 de la Ley Electoral, vulnerando el principio de neutralidad que deben respetar los poderes públicos durante el periodo electoral, dado que el contenido de los mismos coincide con el de algunas formaciones que se presentaban a aquellos comicios, en referencia a las independentistas.

(SEGUIRÁ AMPLIACIÓN)

Última hora

COMENTAR

Sin comentarios

Escribe tu comentario




He leído y acepto la política de privacidad

No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Última hora

Pressdigital
redaccion@pressdigital.es
Powered by Bigpress
RESERVADOS TODOS LOS DERECHOS. EDITADO POR ORNA COMUNICACIÓN SL - Publicidad
Aviso-legal - Política de Cookies - Política de Privacidad - Configuración de cookies - Consejo editorial
CLABE