El Gobierno Vasco abre el plazo de solicitudes para acogerse a las medidas de reparación por abusos policiales
Los damnificados por este tipo de violencia dispondrán de dos años para pedir su reconocimiento
El Gobierno Vasco abrirá en los próximos días el plazo de dos años para la presentación de solicitudes para acogerse a las medidas de reconocimiento y reparación recogidas en la ley sobre abusos policiales.
El Ejecutivo autonómico ha aprobado este martes una resolución que permitirá, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de País Vasco, la apertura del plazo para que las personas que así lo consideren soliciten acogerse a las medidas contempladas en esta ley.
El artículo 13.5 de la ley establece que las solicitudes para la declaración de la condición de víctima deberán presentarse en un plazo de dos años a partir de la publicación de la resolución pertinente en el Boletín Oficial del País Vasco.
Conforme a lo establecido en la ley, la resolución aprobada este martes determina, asimismo, que cada solicitud deberá resolverse en el plazo máximo de 24 meses, desde el momento de su presentación, salvo que concurrieran circunstancias excepcionales.
En este último caso, el plazo de 24 meses quedará ampliado conforme a los límites que establece la propia Ley de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política en el País Vasco entre 1978 y 1999.
MARGEN SUFICIENTE
Los plazos previstos por la ley son largos, dado que se ha querido ofrecer a las víctimas un margen de tiempo suficiente para que puedan tener conocimiento de la existencia de la norma y preparar adecuadamente sus solicitudes.
Además, se ha tratado de promover un proceso amplio para la presentación y para el estudio de las solicitudes, con el objetivo de que estas puedan ser analizadas y resueltas sin precipitación y con "todo el detenimiento y dedicación que sean necesarios", según ha explicado el Ejecutivo.
El siguiente paso en el desarrollo de la ley es culminar la tramitación del decreto que defina el reglamento de funcionamiento de la Comisión de Valoración de las solicitudes, un trámite que ya se ha iniciado.
De este modo, la Comisión de Valoración podrá iniciar sus trabajos de análisis de las solicitudes una vez que se haya aprobado el decreto.

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