miércoles, 9 de julio de 2025 10:08

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Modifican el Real Decreto del Estado de Alarma para que abran las clínicas veterinarias

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha señalado este martes tras el Consejo de Ministros que el real decreto del estado de alarma se ha ampliado para prohibir el acceso a las playas y especificar que el servicio de peluquerías al que no afecta el cierre general de comercios se limita a la asistencia en domicilios. La medida también alcanza a la apertura de clínicas veterinarias.
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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez




El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha señalado tras el Consejo de Ministros que el real decreto del estado de alarma se ha ampliado para prohibir el acceso a las playas y especificar que el servicio de peluquerías al que no afecta el cierre general de comercios se limita a la asistencia en domicilios. La medida también alcanza a la apertura de clínicas veterinarias. Estos cambios han sido pulicados en el Boletín Oficial del Estado del día 18 de marzo.


La autoridad competente, además, puede suspender cualquier actividad si aprecia riesgo de contacto por las condiciones en la que se presta el servicio.

Como ya constaba en el real decreto del estado de alarma que se publicó en el BOE tras la reunión del Consejo de Ministros del sábado, la limitación de movimientos tiene una serie de excepciones en las que se debe salir de casa de forma individual, algo que ha remarcado hoy el jefe del Ejecutivo, salvo si se trata de acompañar a "menores o mayores discapacitados".


El presidente del Gobierno ha informado de que se ha facultado a abrir a las clínicas veterinarias, así como los desplazamientos propios de la actividad veterinaria tanto para profesionales como personal de la clínica.


Además, matiza que la suspensión de los trámites administrativos tiene excepciones: no aplica al pago de cotizaciones a la Seguridad Social ni a los plazos tributarios, como la presentación de declaraciones o autoliquidaciones. 


Actualmente las medidas por las que se puede salir de casa se incluye la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad y la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios así como el paseo de mascotas de forma individual. También se permite el desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial, y el retorno a la residencia habitual.


Otras de las excepciones es para la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables o para ir a entidades financieras y de seguros. El Gobierno contempla igualmente "causas de fuerza mayor o situación de necesidad" y especificó en su real decreto del domingo que este tipo de salidas tenían que hacerse "individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada".


Igualmente, se permite la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio. También podrán hacerlo "por causa de fuerza mayor o situación de necesidad" o para "cualquier otra actividad de análoga naturaleza".



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1 Comentarios

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Mi abuela para no contagiarnos echaba 3 gotas de lejía en un litro de agua eso hace 25 años que yo tomaba y la mayoría de la gente en mi país y ahora digo si hay investigadores pueden probar a ver si funciona

escrito por Wanda Pea 20/mar/20    21:40

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