viernes, 19 de abril de 2024 10:45
Politica

Correos mantiene por ahora los plazos para solicitar el voto en los comicios gallegos hasta el 2 de julio

Correos mantiene por ahora los plazos para la solicitud del voto para las elecciones gallegas hasta el 2 de julio, si bien la Xunta ha expresado su solicitud para que se puedan ampliar más tiempo como una de las medidas para evitar que los electores tengan que ir el domingo electoral.
|

Voto por correo en Galicia en las elecciones generales de 2019.

Correos mantiene por ahora los plazos para la solicitud del voto para las elecciones gallegas hasta el 2 de julio, si bien la Xunta ha expresado su solicitud para que se puedan ampliar más tiempo como una de las medidas para evitar que los electores tengan que ir el domingo electoral.

Galicia celebra elecciones el próximo 12 de julio, al igual que el País Vasco. Están llamados a las urnas un total de 2.697.315 gallegos, de los cuales 2.234.152 son gallegos residentes en la Comunidad y 463.163 en el extranjero.

El plazo para la solicitud del voto por correo ya está abierto y permanecerá hasta el 2 de julio. Sin embargo, el protocolo de la Xunta para los comicios recoge propuestas como facilitar y ampliar el voto por correo y mediante fedatario, mientras que los sindicatos acogieron con reservas en su día que se potencie esta forma de ejercer el derecho, porque puede suponer un "colapso" en las oficinas.

Al respecto, consultada por Europa Press la empresa por esta cuestión, ha remitido cualquier pregunta sobre cambios en los plazos y otras disposiciones a las respuestas que dé la junta electoral al respecto.

Mientras tanto, Correos ha explicado este miércoles que los ciudadanos que quieran votar por correo en las gallegas pueden solicitar en cualquier oficina de España el certificado de inscripción en el censo electoral. La obtención de este certificado es un requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.

Esta solicitud debe ser realizada por cada elector, salvo en caso deenfermedad o discapacidad acreditadas mediante certificación médica oficial que lo impida. En ese caso, podrá ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditarte personalmente ante el empleado de la oficina postal con el DNI, pasaporte o carné de conducir originales.

ENTREGA DOCUMENTACIÓN
Posteriormente, Correos entregará las solicitudes recibidas en las delegaciones provinciales correspondientes de la oficina del censo electoral, que luego enviarán a los solicitantes, entre el 22 de junio y el 5 de julio, la documentación para poder ejercer el voto por correo. Este sobre solo lo puede recoger el elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad acreditadas mediante certificación médica oficial.

En la web de la sede electrónica del INE, los ciudadanos también pueden cumplimentar e imprimir por duplicado la solicitud de voto por correo con nube de puntos, que permitirá la descarga y volcado de los datos en el sistema.

Última hora

COMENTAR

Sin comentarios

Escribe tu comentario




He leído y acepto la política de privacidad

No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Última hora

Pressdigital
redaccion@pressdigital.es
Powered by Bigpress
RESERVADOS TODOS LOS DERECHOS. EDITADO POR ORNA COMUNICACIÓN SL - Publicidad
Aviso-legal - Política de Cookies - Política de Privacidad - Configuración de cookies - Consejo editorial
CLABE