martes, 2 de junio de 2026 07:09

Economía

Ferrovial se anota un impacto de 43 millones por su pleito en Cataluña

Ferrovial se ha anotado un impacto negativo en su cuenta de resultados trimestrales de 43 millones de euros como consecuencia de la denegación por parte del Tribunal Supremo el pasado 19 de octubre del recurso de casación presentado por la empresa contra una sentencia anterior respecto a Autema, una sociedad que gestiona una de sus carreteras en Cataluña.
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Autopista AP-36 Ocaña-La Roda

Ferrovial se ha anotado un impacto negativo en su cuenta de resultados trimestrales de 43 millones de euros como consecuencia de la denegación por parte del Tribunal Supremo el pasado 19 de octubre del recurso de casación presentado por la empresa contra una sentencia anterior respecto a Autema, una sociedad que gestiona una de sus carreteras en Cataluña.

La compañía ha tenido que clasificar a esta sociedad como activo intangible, desde el anterior estado que tenía como activo financiero, lo que no ha supuesto un impacto en la generación ni en la posición de caja, aunque sí un deterioro en la cuenta de resultados.

Estas pérdidas ascienden a 43 millones de euros antes de impuestos y a 35 millones después de impuestos. Esto se explica por el balance que resulta de una pérdida de 224 millones por la diferencia entre el valor del activo y el estimado, y de un valor positivo de 181 millones.

Adicionalmente, Ferrovial ha actualizado para 2020 los resultados operacionales de Autema aplicando el nuevo régimen de concesiones, de forma que las ventas para los tres primeros trimestres del año ascienden a 42 millones de euros, frente a los 85 millones del mismo periodo del año anterior.

El 19 de octubre, el Tribunal Supremo comunicó que no admitía a trámite el recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ratificaba los cambios introducidos en el contrato de la concesión por la Generalitat de Cataluña en 2015.

Los cambios introducidos en 2015 implicaban modificar un contrato sin riesgo de tráfico (el concedente pagaba al operador la diferencia entre los peajes cobrados y el excedente operativo establecido en el Plan Económico Financiero), a otro con riesgo de tráfico (con el concedente subvencionando una parte del peaje).

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