sábado, 20 de abril de 2024 02:46
Politica

El TSJPV rechaza adoptar medidas cautelares contra el cierre de las salas de juego de Euskadi

El ponente del auto es el mismo juez que permitió la reapertura de la hostelería en municipios con alta incidencia de la Covid-19
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El ponente del auto es el mismo juez que permitió la reapertura de la hostelería en municipios con alta incidencia de la Covid-19

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado la adopción de medidas cautelares contra el cierre de salones de juego y apuestas decretado por el Gobierno vasco como medida para contener y combatir la pandemia de Covid-19.

En un auto publicado este martes, del que ha informado el Gobierno Vasco a través de un comunicado, el TSJPV sostiene que la empresa que recurrió el cierre, que opera 27 salones en Euskadi, "no presenta una necesidad de ser resarcida económicamente por el daño sufrido", al contrario --añade la resolución-- de lo que ocurrió con el cierre de la hostelería.

La resolución ha sido adoptada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia Vasco, y el ponente de la misma es Luis Garrido, el mismo juez que a principios de mes redactó el auto que permitió reabrir a los bares y restaurantes de todos los municipios vascos, incluidos los ubicados en 'zona roja' por la alta incidencia de Covid-19.

El Gobierno vasco, al igual que hizo con la hostelería, solicitó la denegación de la medida cautelar contra la clausura de las salas de juego y justificó el cierre de estos locales por la "alta expansión" en municipios con una incidencia superior a 500 casos sobre 100.000 habitantes.

PERJUICIO "INDEMNIZABLE"
El tribunal reconoce que el cierre de estos establecimientos de juego causa un perjuicio económico "importante" a la empresa operadora, pero matiza que "el perjuicio económico es indemnizable si el recurso fuera finalmente estimado" cuando se haga el juicio sobre el fondo.

El auto sostiene su resolución en que se trata de "una empresa respecto de la que no consta dato alguno sobre la imposibilidad de resarcimiento del daño sufrido cuando el recurso tenga sentencia, para el caso de que fuera estimatorio".

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