sábado, 20 de abril de 2024 16:10
Economía

Los operadores de móvil podrán ocupar la banda del espectro de 1,5 GHz destinada a la radio digital

Las operadoras de telefonía móvil podrán disponer de la banda de espectro radioeléctrico de 1,5 GHz, que hasta ahora estaba destinada a la radio digital, para las comunicaciones móviles, según el proyecto de orden para la modificación del cuadro nacional de atribución de frecuencias del Ministerio de Industria.

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Las operadoras de telefonía móvil podrán disponer de la banda de espectro radioeléctrico de 1,5 GHz, que hasta ahora estaba destinada a la radio digital, para las comunicaciones móviles, según el proyecto de orden para la modificación del cuadro nacional de atribución de frecuencias del Ministerio de Industria.


El Gobierno, que ha lanzado una consulta pública sobre la atribución de frecuencias en relación con espectro de la banda de 1,5 GHZ, cumple así con una decisión comunitaria del pasado mes de mayo que establece que, a "más tardar seis meses" después de la fecha de notificación de la misma, los Estados miembros designarán y harán disponible la banda de frecuencias de 1452-1492 MHz (1,5 GHZ) para servicios de comunicaciones electrónicas.


En este sentido, en un informe publicado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el macrorregulador valora "muy positivamente" las medidas contenidas en el proyecto, ya que además de dar cumplimiento a la decisión de ejecución de la Comisión Europea, da "un paso" más hacia el objetivo de alcanzar los 1200 MHz de espectro adecuado para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas inalámbricas.


En concreto, los 40 MHz que supondría la atribución de la banda de 1,5 GHz para los servicios de comunicaciones electrónicas, junto con el resto de espectro actualmente atribuido a estos servicios supondría que en España habrá un volumen total de espectro atribuido para la prestación de estos servicios de 800 MHz.


El pasado mes de mayo la Comisión Europea adoptó una decisión que contempla el uso de la banda 1452-1492 MHz para los sistemas terrenales capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas, de forma adicional al uso contemplado hasta la fecha, que es el de radiodifusión de audio digital.


Esta resolución señala no obstante que las condiciones técnicas para la explotación de esta banda que su modo de funcionamiento se limitará a la transmisión de la estación base (antena) al dispositivo móvil.




TECNOLOGÍAS DE AGREGACIÓN DE ESPECTRO


De este modo, el interés por esta banda se circunscribe a los operadores que ya disponen de espectro radioeléctrico y empleen tecnologías que permitan la agregación de espectro como, por ejemplo, LTE Advanced.


La CNMC señala en su blog que esta banda servirá para mejorar la cobertura del 4G y descongestionar las redes y añade que, de momento, los terminales móviles no están preparados para operar con esta banda del espectro radioeléctrico, "de modo que los efectos inmediatos de la subasta sobre los usuarios serían limitados".




SEGUNDO DIVIDENDO DIGITAL


En cuanto a la banda de 700 MHz, la CNMC considera "esencial" que se tomen las medidas necesarias para proceder a liberar esta banda para su uso por parte de los operadores de comunicaciones electrónicas, en línea con lo que "está sucediendo en los países de nuestro entorno".


La banda de 700 MHz es la que presenta "mayor interés" para los operadores ya que por sus características de propagación permitiría aumentar significativamente el volumen de espectro de que actualmente se dispone para dar cobertura en el ámbito rural y por tanto permitiría aumentar las velocidades de conexión en esas zonas.

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