Jueces y fiscales, en contra de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por falta de medios
Diferentes asociaciones de jueces y fiscales se han mostrado contrarias a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal al introducir diferentes plazos de resolución que califican de "absurdos".
Diferentes asociaciones de jueces y fiscales se han mostrado contrarias a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal al introducir diferentes plazos de resolución que califican de "absurdo" porque es el propio juez quien ha de controlar la realización efectiva en plazo de sus propias diligencias y no se cuentan con los medios materiales y personales suficientes.
Tal y como explican en un comunicado, la Ley 41/2015 de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, publicada en el BOE el pasado día 6 de octubre, introduce para la finalización de la instrucción lo que en su Preámbulo denomina "plazos máximos realistas cuyo transcurso sí provoca consecuencias procesales" en sustitución del "exiguo e inoperante plazo de un mes del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".
Dichos plazos son de seis y dieciocho meses, "según se trate de un asunto sencillo o complejo". Además, la nueva redacción del artículo atribuye al Ministerio Fiscal el impulso procesal para la solicitud de la prórroga de los anteriores plazos cuando en los mismos no pueda completarse la instrucción.
Por tanto, en el manifiesto firmado por la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia, Foro Judicial Independiente, Asociación de Fiscales, Unión Progresista de Fiscales y la Asociación Profesional Independiente de Fiscales, creen que establecer un plazo límite sujeto a control "puede resultar absurdo" ya que consideran que deber ser "el propio juez quien ha de controlar la realización efectiva en plazo de sus propias diligencias procesales".
Del mismo modo, también califican de "absurdo" otorgar al Ministerio Fiscal, en régimen de monopolio, la facultad de pedir prórrogas a quien está dirigiendo y controlando la investigación cuando puede haber desacuerdos en la misma o, incluso, desconocer el contenido o la existencia de dicha investigación.
En este sentido, afirman que se coloca a los miembros del Ministerio Fiscal en una "irresoluble tesitura, al resultar de imposible cumplimiento el mandato legal con los medios personales y materiales con que se cuenta en la actualidad". Además, los jueces de instrucción se encuentran "en un delicado papel" en el que, dirigiendo ellos la instrucción, "carecen de la capacidad para prolongarla en el tiempo, si no es tras la petición del fiscal".
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