jueves, 25 de abril de 2024 09:21
Economía

¿A quién afecta la nueva Ley de Alquiler que quiere aprobar el Gobierno?

En principio, la limitación del precio en las zonas tensionadas solo afectará a grandes tenedores con personalidad jurídica. Es decir, los propietarios que sean personas físicas y se consideren grandes tenedores, por el momento, quedarán exentos de cumplir esta ley. 


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El Gobierno de coalición formado por PSOE y Unidas Podemos ha llegado a un acuerdo - en el marco de la negociación de los Presupuestos Generales del Estado- para aprobar una Ley de Vivienda que tiene por objetivo regular los precios de los alquileres en España, limitando el precio máximo en unos casos y abaratándolo en otros. Del mismo modo, la ley contempla sanciones para los propietarios con viviendas vacías y define lo que es un gran tenedor de vivienda y el área de mercado tensionado.


En principio, la limitación del precio en las zonas tensionadas solo afectara a grandes tenedores con personalidad jurídica. Es decir, los propietarios que sean personas físicas y se consideren grandes tenedores, por el momento, quedarán exentos de cumplir esta ley. 


Imatge d'arxiu d'un habitatge de lloguer

Lloguer @ep


GRANDES TENEDORES Y MERCADOS TENSIONADOS


Según la ley, los grandes tenedores serán aquellos que posean más de diez viviendas. Tal y como informa Cinco Días, un un primer momento, Unidas Podemos quiso rebajar la cifra a cinco inmuebles, pero finalmente se fijó en diez. 


Del mismo modo, se considerarán mercados tensionados aquellas zonas donde el precio medio del alquiler haya crecido cinco puntos por encima del IPC en los últimos cinco años. 


La Ley prevé que sean las propias administraciones con competencia en vivienda las que declaren, de acuerdo a la norma, que una zona se convierta en mercado tensionado. Cuando lo hayan hecho, esa zona mantendrá el estatus durante tres años que podrán ser prorrogables anualmente mientras concurran las mismas circunstancias. 


¿Y QUÉ PASA CON LOS PEQUEÑOS PROPIETARIOS?


Para los pequeños tenedores,o propietarios (que tengan hasta 10 inmuebles) se ha acordado que tendrán que congelar precios si se encuentran en una área tensionada. También se les dará incentivos fiscales si bajan el precio de la vivienda, con bonificaciones que oscilan entre el 60% y el 90% de los rendimientos obtenidos por el alquiler. Además, la deducción general pasará del 60% al 50%. 


¿Y CON LAS CASAS VACÍAS?


Los inmuebles deshabitados que pertenezcan a una persona física o jurídica con más de cuatro viviendas en propiedad tendrán un recargo de hasta el 150% en el IBI. 


Sin embargo, aún no está claro qué se considerará vivienda vacía hasta que no se publique la ley. El Ejecutivo, por el momento, está trabajando para excluir de este supuesto a segundas residencias.


Tampoco se considerarán casas vacías las viviendas que estén en un proceso de rehabilitación o que estén ofertados para comprar o alquilar.


AYUDAS AL ALQUILER


Recibirán una ayuda directa de 250 euros mensuales aquellas personas entre 18 y 35 años que tengan un sueldo inferior a los 23.725 euros anuales. 


Este bono anual, que suma 3.000 euros, se podrá recibir durante dos años y se incrementará hasta el 40% si este se entrega a hogares vulnerables. 


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