viernes, 19 de abril de 2024 03:26
Sociedad

La UE ya permite reclamar el reembolso transfronterizo por compras de hasta 5.000 euros en Internet

Las nuevas normas sobre las reclamaciones por litigios comerciales en la UE, que han entrado en vigor este viernes, permiten que los consumidores europeos puedan reclamar ahora a través de Internet el reembolso de productos cuyo precio no supere los 5.000 euros.

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Las nuevas normas sobre las reclamaciones por litigios comerciales en la UE, que han entrado en vigor este viernes, permiten que los consumidores europeos puedan reclamar ahora a través de Internet el reembolso de productos cuyo precio no supere los 5.000 euros.


"Podrán obtener rápidamente el reembolso por compras transfronterizas que lleguen hasta los 5.000 euros en caso de problema o no entrega", ha explicado la comisaria de Justicia, Vera Jourová.

Gracias al procedimiento "simple y eficaz de resolución de litigios" a nivel europeo, ha explicado la comisaria, "los consumidores y las pequeñas y medianas empresas podrán hacer sus compras en otros países con total confianza".


El procedimiento para resolver reclamaciones pequeñas fue introducido en 2007 y ha contribuido a reducir la media de los procesos judiciales de dos años y medios a cinco meses, pero gracias a las normas revisadas que entran en vigor este viernes el proceso se agilizará y extenderá todavía más.


Por un lado se extenderá su utilización al elevar hasta los 5.000 euros frente a los 2.000 actuales el valor de las reclamaciones de productos y se reforzará el uso de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación para evitar viajes innecesarios a tribunales de otros países.


Así, los ciudadanos podrán iniciar a través de Internet el proceso de reclamación y se extenderá el uso de las comunicaciones por videoconferencia, de modo que se limitará el requerimiento de la presencia física a los casos donde un tribunal no haya podido dirimir una disputa en base a documentos escritos remitidos.


Por lo que se refiere a las tasas judiciales, que pueden ser muy elevadas y en algunos casos superar incluido el valor de la reclamación, deberán ser proporcionales al valor de la reclamación según las nuevas normas.

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