miércoles, 23 de julio de 2025 23:13

Economía

La Audiencia Nacional deniega a Foment las cautelares en su recurso contra la CNMC por la OPA de BBVA

La Audiencia Nacional no ha admitido las medidas cautelares que Foment del Treball había solicitado en su recurso contra la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) por el análisis que realizó el supervisor de la OPA de BBVA al Sabadell.
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Archivo - Entrada a la Audiencia Nacional en la calle García Gutiérrez, 1, a 13 de enero de 2025, en Madrid (España).

La Audiencia Nacional no ha admitido las medidas cautelares que Foment del Treball había solicitado en su recurso contra la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) por el análisis que realizó el supervisor de la OPA de BBVA al Sabadell.

La patronal catalana interpuso recurso contencioso-administrativo contra un acuerdo de diciembre de 2024 de la CNMC en la que se descarta su personación como parte interesada en el expediente de la OPA, al igual que la del resto de organizaciones, salvo la de Sabadell. De hecho, Competencia rechazó la petición tanto de Foment como de Pimec, Cecot, la Confederación Empresarial de Pontevedra, UGT o CCOO.

Junto al recurso se presentó una petición de medidas cautelares en la que la patronal catalana solicitaba, principalmente, la suspensión del procedimiento seguido ante la CNMC relativo a la OPA de BBVA a Sabadell y, subsidiariamente, que se permitiese a Foment intervenir en condición de interesada.

Sin embargo, y contando con la oposición del Abogado del Estado a adoptar las cautelares, la Audiencia Nacional resolvió a finales de junio rechazar estas medidas, según se recoge en el auto al que ha tenido acceso Europa Press y que adelanta 'El Confidencial'.

La Audiencia Nacional argumenta que la primera medida solicitada "excede" del contenido de la resolución recurrida de la CNMC y, por tanto, deniega a Foment su personación como parte interesada en el expediente de la OPA.

Sobre la segunda medida, especifica que la jurisprudencia del Tribunal Supremo en relación con la adopción de medidas cautelares positivas es "restrictiva" y se reconoce únicamente para el mantenimiento del 'status quo' que ya se tenía. "Sin embargo, en el caso examinado no concurre dicha circunstancia", sostiene.

Agrega que la adopción de las cautelares supondría "de facto" una estimación anticipada del recurso, que fue admitido a trámite por la Audiencia Nacional, pero que puede finalmente ser desestimado.

Para el tribunal, las consecuencias de imponer ahora cautelares, si es desfavorable a Foment, serían "mucho más difíciles de reparar que los que pudieran ocasionarse si no se adopta la medida positiva que se reclama".

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