martes, 16 de diciembre de 2025 22:19

Economía

El Gobierno modifica límites de gasto del convenio con el ICO para la gestión de avales de primera vivienda

El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se autorizan los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, con el fin de posibilitar al ministerio de Vivienda y Agenda Urbana la suscripción de una adenda al convenio con el Instituto de Crédito Oficial relativo a la gestión de avales para la adquisición de primera vivienda de jóvenes y familias.
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Archivo - Fachada del ICO.

El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se autorizan los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, con el fin de posibilitar al ministerio de Vivienda y Agenda Urbana la suscripción de una adenda al convenio con el Instituto de Crédito Oficial relativo a la gestión de avales para la adquisición de primera vivienda de jóvenes y familias.

Las modificaciones se justifican en la necesidad de adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros hasta el año 2038 para atender las comisiones de gestión y administración que deberá hacer frente el departamento de Isabel Rodríguez.

Se trata de un paso previo a posibilitar la suscripción de una adenda al convenio que, con fecha 23 de abril de 2024, fue suscrito entre el ICO y el ministerio.

Así, el compromiso máximo a adquirir se sitúa en los 4,45 millones de euros en 2026, aumenta hasta los 5,95 millones en 2027, hasta los 6,60 en 2028 y hasta los 6,90 en 2029. En los siguientes años, esta cifra se reduce hasta los 1,1 millones en 2030, hasta los 800.000 en 2021, 600.000 en 2032, 400.000 en 2033 y hasta los 50.000 en 2038.

La línea de avales para la cobertura parcial por cuenta del Estado de la financiación para la adquisición de la primera vivienda, destinada a residencia habitual y permanente por jóvenes t familias con menores a cargo por un importe máximo de hasta 2.500 millones de euros se autorizó el 28 de junio de 2023 mediante en Real Decreto-ley 5/2023, artículo 191 apartado 2.

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