El Congreso admite a trámite la Ley de Vivienda del PP, con Junts a favor y el Gobierno en contra
El Pleno del Congreso ha admitido a trámite este martes la proposición de ley de vivienda del PP, que plantea entre otros puntos permitir a bancos y fondos recurrir a juicios rápidos para desalojar 'okupas', y lo ha hecho con el apoyo de Junts, Vox y UPN, la abstención de PNV y Coalición Canaria y el voto en contra del resto del hemiciclo, incluidos los partidos del Gobierno.
La propuesta se ha aprobado el mismo día en el que el Consejo de Ministros ha dado luz verde a su Plan Estatal de Vivienda para el periodo 2026-2030. Esta misma ley ya había sido aprobada en el Senado, donde el PP tiene mayoría absoluta, y también implica una reforma de la Ley del Suelo para agilizar los trámites en la planificación urbanística.
Aunque la ley haya conseguido un respaldo mayoritario este martes no supone su aprobación definitiva, sino que ha entrado en el cauce parlamentario en la Cámara Baja con la apertura del plazo de presentación de enmiendas por parte de los grupos parlamentarios.
COMPARTE ALGUNOS ELEMENTOS CON LA LEY DEL SUELO DE PSOE Y PNV
Aunque el texto comparte algunos aspectos que se incluían en la Ley del Suelo que pactaron el PSOE y el PNV, como eliminar la nulidad en cascada de todo un proyecto urbanístico por fallos aparentemente subsanables, la norma de los 'populares' va más allá del ámbito urbanístico y llega incluso a derogar algunos puntos de la Ley de Vivienda de 2023 impulsada por PSOE y Unidas Podemos.
En concreto, pone fin a las zonas tensionadas y al índice de los precios de referencia de los alquileres, medidas recogidas en la Ley de Vivienda de 2023, al ser considerada por el PP "medidas perjudiciales" para el mercado de la vivienda.
Por otro lado, la propuesta incluye una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil para que personas jurídicas, donde se engloban empresas, bancos o fondos de inversión, puedan acudir a un juicio verbal para exigir la "inmediata recuperación" de la plena posesión de una vivienda o parte de ella si se han visto privadas de ella sin su consentimiento.
Este tipo de procesos tienen como objeto resolver litigios civiles de escasa cuantía para resolverlos de forma ágil. Con la normativa actual las personas jurídicas tienen vetada esta vía salvo que sean entidades sin ánimo de lucro.
También se reforma la Ley de Enjuiciamiento para pasar de dos a un mes el plazo máximo de posible suspensión del proceso de desahucio, con el objetivo de hacer efectivas las medidas de protección de vulnerables que se propongan por administraciones públicas cuando el demandante sea una persona física, y pasar de cuatro a tres meses dicho plazo máximo cuando sea persona jurídica.
UNA FAMILIA CON 900 EUROS NO SE CONSIDERARÁ VULNERABLE
Además, se rebaja desde tres veces hasta 1,5 veces el Iprem mensual máximo como umbral base del conjunto de ingresos familiares que el tribunal ha de tener en cuenta para apreciar la situación de vulnerabilidad económica. De esta forma, cualquier unidad familiar que supere los 900 euros mensuales de ingresos (el Iprem actual está en 600 euros) ya no se considerará un hogar vulnerable a efectos de desahucios.
En el ámbito urbanístico, la propuesta establece que en las obras de edificación de nueva construcción, si bien seguirá siendo necesaria una licencia, el transcurso de tres meses sin resolución expresa por parte de la administración competente determinará silencio positivo.
Es decir, se podrá proceder con la construcción aunque no haya una resolución expresa para agilizar los trámites. Lo mismo sucede con edificios existentes que alteren su configuración arquitectónica que produzcan variación de la composición general exterior, volumetría, estructura o cambien los usos característicos del edificio.
SE NECESITARÁ LICENCIA PARA OBRAS CON PROTECCIÓN HISTÓRICA
Sin embargo, el silencio será negativo para obras que tengan el carácter de intervención total en edificaciones catalogadas con algún tipo de protección ambiental o histórico-artístico y aquellas otras de carácter parcial que afecten a los elementos o partes objeto de protección. También afecta ese silencio negativo a suelos en situación básica de rural, no sometidos a transformación urbanística y la tala de masas arbóreas.
La reforma implica también que la declaración de nulidad de un instrumento de ordenación territorial y urbanística no conllevará la de sus actos o disposición de desarrollo, de manera que puedan ser subsanados.
Además, se suprime la referencia a los procedimientos de evaluación ambiental en la Ley del Suelo de 2015 al considerarse "redundante" con la regulación específica en materia de medio ambiente de la Ley de 2013 de Evaluación Ambiental y de 2006 de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
A su vez, la propuesta plantea la creación de una plataforma para agilizar la emisión de los informes sectoriales, con el objetivo de establecer posibles sistemas de interoperabilidad con otras plataformas urbanísticas que hay creadas o que se desarrollen en las diferentes administraciones, tanto autonómicas como locales, para alcanzar una "total coordinación" entre las administraciones.
La reforma también establece la acción pública para establecer límites y evitar que personas físicas y jurídicas impugnen los instrumentos de planeamiento, así como sus actos de ejecución y aplicación, con el "único ánimo de obtener un rédito económico y sin proteger ningún interés colectivo". Este punto también se incluía en la propuesta que PSOE y PNV pactaron y que fue rechazada en el Congreso.
SE LIMITAN LOS PLAZOS DE IMPUGNACIÓN
La proposición de ley también contempla una modificación de la jurisdicción contencioso-administrativa y limita el plazo de impugnación indirecta de las normas de los instrumentos de ordenación territorial a un plazo de cuatro años.
También modifica el plazo de posible suspensión de un proceso de desahucio pasándolo de dos meses a un mes para hacer efectivas las medidas de protección de vulnerables que se propongan por la Administración cuando el demandante sea una persona física, y pasa de cuatro meses a tres dicho plazo cuando sea una persona jurídica.
La propuesta incluye una disposición para reconocer a Ceuta y Melilla la capacidad para aprobar definitivamente sus instrumentos de ordenación urbanística previo informe de la Administración General del Estado.

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