domingo, 22 de junio de 2025 16:17

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Los diplomáticos atribuyen a la "pasividad" de Exteriores que Cataluña se dote de un cuerpo de acción exterior

El Ministerio se remite a la Ley de Acción Exterior y elude pronunciarse sobre el impacto que pueda tener el nuevo cuerpo
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Archivo - Una bandera de España y otra de Cataluña, en la plaza de Sant Jaume de Barcelona. Archivo.

El Ministerio se remite a la Ley de Acción Exterior y elude pronunciarse sobre el impacto que pueda tener el nuevo cuerpo

La Asociación de Diplomáticos Españoles (ADE) entiende que la "pasividad" del Gobierno a la hora de ejercer la acción exterior ha facilitado el que la Generalitat de Cataluña vaya a dotarse de un "Cuerpo de Acción Exterior y Unión Europea", al tiempo que ha advertido de que ello podría tener un impacto en la "competencia exclusiva" del Estado en esta materia.

Su presidente, Albert Virella, admite en declaraciones a Europa Press que en la asociación, que representa a más del 60% de los miembros de la Carrera Diplomática, preocupa la creación de este cuerpo y la labor que va a realizar, toda vez que considera que la "pasividad del Estado", que no está cumpliendo con lo que estipula la Ley de Acción Exterior de 2014 está contribuyendo a que Cataluña haya dado este paso.

"La acción exterior y la diplomacia es más que palabras, son hechos y recursos, sin eso se limita a buena voluntad y a mediar", advierte en declaraciones a Europa Press, subrayando que el Gobierno "no está cumpliendo la ley ni dotando de los recursos adecuados" a la hora de asumir la representación de los intereses de España en el exterior.

El Parlament de Cataluña aprobó el mes pasado una modificación de la ley autonómica de Acción Exterior y de Relaciones con la Unión Europea, de diciembre de 2014, para la creación de un "Cuerpo de Acción Exterior y Unión Europea".

El cometido de este cuerpo, según consta en el texto publicado en el Boletín Oficial de la Generalitat de Cataluña el 21 de mayo, es "participar en la proyección de Cataluña en el exterior y en la promoción de sus intereses en este ámbito" así como "facilitar el establecimiento y el mantenimiento de las relaciones con gobiernos y sus representantes en el exterior".

Igualmente, su labor será "colaborar en la preparación de la participación de la Generalitat en los organismos internacionales competentes en materias de interés para Cataluña, y en los organismos bilaterales y multilaterales de cooperación con el Estado en los asuntos vinculados a la Unión Europea", además de "participar en la coordinación y gestión de la representación institucional de la Generalitat en el exterior".

El texto, consultado por Europa Press, no menciona expresamente en ningún momento la palabra "diplomático" para referirse a este nuevo cuerpo, al que se accederá mediante un "sistema de concurso oposición, en turnos de acceso libre y de promoción interna".

Desde la ADE llaman la atención de que la nueva ley catalana atribuye al cuerpo de nuevo cuño "funciones que, dependiendo de cómo se desarrollen en la práctica, podrían afectar a la competencia exclusiva del Estado que establece el artículo 149 de la Constitución en materia de relaciones internacionales y de emigración, así como a la asistencia consular que el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación presta a los ciudadanos españoles en el exterior".

En concreto, inciden en el apartado relativo al "establecimiento y el mantenimiento de las relaciones con gobiernos y sus representantes en el exterior, instituciones de la Unión Europea, organismos internacionales", así como a "la elaboración, adopción y aplicación de acuerdos de colaboración" o de "la definición y aplicación de mecanismos para apoyar a la ciudadanía y a las comunidades catalanas en el exterior".

Así las cosas, la ADE considera "esencial que el desarrollo y aplicación de esta ley" por parte de la Generalitat de Cataluña "estén regidos por los principios de buena fe, respeto al orden constitucional y lealtad institucional".

Entretanto, en Exteriores eluden valorar la creación del nuevo cuerpo catalán y si las funciones que está previsto que ejerza chocan con las atribuidas actualmente al Servicio Exterior. "La acción exterior de las Comunidades Autónomas está regulada por la Ley de Acción Exterior 2/2014", se limitan a señalar a preguntas de Europa Press desde el departamento que encabeza José Manuel Albares.

El artículo 5.2 de dicha ley especifica que "las Comunidades Autónomas (...) mantendrán informado al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de las propuestas sobre viajes, visitas, intercambios y actuaciones con proyección exterior, para que este departamento pueda informar y, en su caso, emitir recomendaciones motivadas sobre la adecuación de la propuesta de actuación a las directrices, fines y objetivos de la Política Exterior fijados por el Gobierno y los instrumentos de planificación establecidos por esta ley".

Además, el punto tercero del artículo 11, dedicado a las comunidades autónomas, advierte de que "las actuaciones que se lleven a cabo en el ejercicio de la Acción Exterior no podrán comportar, en ningún caso, la asunción de la representación del Estado en el exterior, la celebración de tratados internacionales con otros Estados u organizaciones internacionales, la generación, directa o indirecta, de obligaciones o responsabilidades internacionalmente exigibles al Estado, ni incidir o perjudicar la Política Exterior que dirige el Gobierno".

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