La JEC desestima la denuncia de Más País por la campaña abstencionista de "Yo no voto"
La Junta Electoral Central (JEC) ha desestimado la denuncia presentada por Más País y por el PSOE por la campaña anónima 'No contéis conmigo. Yo no voto' desarrollada fundamentalmente en Facebook con el objetivo de promover la abstención de la izquierda.
Esa campaña, que incluyó la pegada de carteles, se dirigía a votantes del PSOE y de Unidas Podemos y acabó derivando a un página web con el nombre de Íñigo Errejón, lo que motivó la denuncia de Más País. Según publicó 'eldiario.es', detrás de la campaña había personas vinculadas con una agencia que trabaja para el PP, si bien este partido negó toda relación.
La JEC ha decidido archivar las denuncias contra el PP "puesto que, con la documentación presentada por los denunciantes, no se ha acreditado mínimamente" que la formación liderada por Pablo Casado "pueda ser autora de los hechos denunciados". Además, ha recordado que "los autores identificados han rechazado explícitamente que esa formación política tenga que ver con esos hechos".
Respecto al resto de denunciados, el organismo ha explicado que el artículo 50.5 de la LOREG señala que ninguna persona jurídica distinta de partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones puede realizar campaña a partir de la fecha de convocatoria de elecciones.
NO QUEDA ACREDITADA LA IMPLICACIÓN DEL PP
"En consecuencia, como tiene declarado la Junta Electoral Central, esta prohibición no afecta legalmente a las personas físicas, que, en consecuencia, no pueden vulnerar dicho precepto", ha argumentado.
En cuanto a las personas jurídicas, la JEC ha recurrido a una sentencia del Tribunal Supremo que revocó la suspensión de una campaña realizada por la entidad Hazteoir.Org. En 2016, el Alto Tribunal dio la razón a la organización, que había colocado una valla en la que podía leerse "Si votas Cifuentes, votas aborto".
"La aplicación de esta jurisprudencia impide apreciar infracción electoral puesto que, conforme a ella, deben entenderse que las actuaciones denunciadas están amparadas por el derecho fundamental a la libertad de expresión, al no poder considerar que estén directamente encaminadas a captar votos favorables para una candidatura", han apuntado desde la JEC.
Por último, el organismo electoral ha descartado que la campaña abstencionista de "Yo no voto" haya vulnerado el principio de transparencia, "puesto que no se trata de mensajes anónimos, sino que en ellos aparecen identificados sus autores".

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