viernes, 19 de abril de 2024 15:27
Politica

La Junta Electoral inhabilita de facto a Quim Torra como presidente de la Generalitat

Torra fue condenado a inhabilitación por el TSJC, por su desobediencia ante las resoluciones de la JEC. Puesto que el Estatut establece que el presidente de la Generalitat debe tener la condición de parlamentario autonómico, no puede continuar al frente del Govern.

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El presidente de la Generalitat de Catalunya, Quim Torra, durante su intervención en una sesión plenaria del Parlament, en Barcelona /Catalunya (España), a 13 de noviembre de 2019.


La Junta Electoral Central inhabilita a Quim Torra como presidente de la Generalitat. Este organismo ha acordado que no puede continuar como diputado autonómico tras haber sido condenado por el Tribunal de Justicia de Catalunya por desobediencia en el caso de los lazos amarillos.


Puesto que el Estatut establece que el presidente de la Generalitat debe tener la condición de parlamentario autonómico, no puede continuar al frente del Gobierno catalán. 


La decisión de la JEC se ha tomado con seis votos particulares.


En su reunión de este viernes, el organismo arbitral preveía analizar el caso de Torra, condenado a inhabilitación por el TSJC, por su desobediencia ante las resoluciones de la JEC que le exigían mantener la neutralidad en los periodos electorales y retirar propaganda independentistas como los lazos amarillos.


PP y Cs ya pidieron a la Junta Electoral de Barcelona que, en cumplimiento de esa sentencia, se quitara a Torra el escaño de diputado del Parlament, lo que conllevaría el abandono de la Presidencia de la Generalitat ya que el Estatut exige ser diputado como condición para el cargo.

La Junta Electoral de Barcelona rechazó ambas peticiones, pero PP y Cs ya anunciaron que recurrirían ante la JEC para volver a intentarlo.



Más información sobre la inhabilitación de Torra en catalunyapress.es

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