martes, 26 de mayo de 2026 15:52

Economía

Un juzgado de Madrid condena a Wizink a devolver más de 28.000 euros a un usuario por una tarjeta revolving

El Juzgado de Primera Instancia número 43 de Madrid ha obligado a Wizink a devolver más de 28.000 euros a un guipuzcoano por una tarjeta 'revolving usuraria' y ha declarano su nulidad "radical, absoluta y originaria", debido a una TAE del 26,72%.
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El Juzgado de Primera Instancia número 43 de Madrid ha obligado a Wizink a devolver más de 28.000 euros a un guipuzcoano por una tarjeta 'revolving usuraria' y ha declarano su nulidad "radical, absoluta y originaria", debido a una TAE del 26,72%.

Más de 12 años después de la firma del contrato, la sala ha considerado el interés suscrito a este como "notablemente superior al normal del dinero", han explicado desde el despacho de abogados Reclama por mí, que ha llevado este caso.

En 2008, el afectado "tenía que solucionar un problema que tenía en casa" y pidió un crédito al antiguo Citibank. Al acceder a esa línea de crédito, le ofrecieron la tarjeta revolving Citibank Visa con una TAE del 26,72%. Tiempo después, miró los extractos de su cuenta bancaria al ver que cada mes pagaba su cuota pero "descontaba muy poco de la deuda".

Las mismas fuentes han indicado que se generó una cadena de deudas provocada por el "tipo de interés tan desproporcionado que aplicó Wizink". En la sentencia se señala que "la concesión irresponsable de préstamos al consumo a intereses muy superiores a los normales facilita el sobreendeudamiento de los consumidores, y trae como consecuencia que quienes cumplen regularmente sus obligaciones tengan que cargar con las consecuencias del elevado nivel de impago".

El Juzgado de Primera Instancia nº43 de Madrid ha dictaminado que, en este caso, la TAE de la tarjeta Citibank Visa "supera el precio normal del dinero en el año 2008, en el que el interés normal del dinero rondaba el 5,50% y en los préstamos al consumo se situaba en torno al 10%".

Esto, según figura en el escrito, "vicia al contrato de nulidad radical". Por todo ello, ha señalado que "no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico" y Wizink ha tenido que abonar al afectado un total de 28.339,19 euros.

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