martes, 26 de mayo de 2026 15:46

Sociedad

El juez desestima la denuncia de Nisman contra Cristina Fernández

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El juez federal argentino, Daniel Rafecas, ha desestimado la denuncia presentada por el difunto fiscal Alberto Nisman contra la presidenta, Cristina Fernández, y otros altos cargos por el presunto encubrimiento de los responsables del atentado contra la AMIA en 1994. 

El fiscal Nisman había acusado, cuatro días antes de su dudosa muerte -el 14 de enero-, a la presidenta argentina y otros altos cargos como el canciller Hector Timerman de encubrir a los acusados iraníes por el atentado de la AMIA.

La denuncia, en un principio, tal y como informa Clarín, fue presentada ante el juzgado de Ariel Lijo. Y luego de que la jueza Servini de Cubria abriera la feria judicial, la denuncia cayó el juzgado de Rafecas. Altas fuentes judiciales indicaron al diario argentino la decisión del juez que ya estaría firmada pero se desconocen sus argumentos judiciales de la denuncia que más conmovió al país en el último tiempo. De hecho, el fiscal Pollicita imputó a la mandataria por esta denuncia.

SÍNTESIS DE LA RESOLUCIÓN DE RAFECAS

El juez Rafecas ha desestimado la denuncia presentada el 14 de enero por el fiscal Nisman porque entendió que no existían las mínimas condiciones para iniciar una investigación penal a partir de lo presentado por el Fiscal.

El magistrado sostuvo, según informaciones de Clarín, que analizada toda la evidencia, "ha quedado claro, que ninguna de las dos hipótesis de delito sostenida por el Fiscal Pollicita en su requerimiento, se sostienen mínimamente, la primera ("Comisión de la Verdad"), porque el presunto delito nunca se cometió; y la segunda (baja de las "notificaciones rojas"), porque la evidencia reunida, lejos de sostener mínimamente la versión fiscal, la desmiente de un modo rotundo y lapidario, llevando también a la misma conclusión de la inexistencia de un delito".

Además, sostiene que, el análisis de los acompañados al momento de la presentación de la denuncia "inhiben el inicio de un proceso penal por cuanto no sólo dejan huérfano de cualquier sustento típico al hecho descripto como una supuesta maniobra de "encubrimiento" y/o "entorpecimiento de la investigación" del atentado a la AMIA destinado a dotar de impunidad a los acusados de nacionalidad iraní, sino que por el contrario, tales evidencias se contraponen de modo categórico al supuesto "plan criminal" denunciado".

"De este modo, todas las supuestas gestiones, tratativas y negociaciones que la denuncia le adjudica a distintas personas que no integran organismos públicos -reflejadas en las escuchas telefónicas aportadas-, quedan ?en el mejor de los casos- circunscritas a la antesala del comienzo de ejecución que requiere ?como se adelantó- el Derecho Penal para su intervención en el marco de las hipótesis delictivas sostenidas", continúa.

RESPECTO DE LA FUTURA CONFORMACIÓN DE LA "COMISIÓN DE LA VERDAD"

El Magistrado sostuvo que "aquel Acuerdo, que se había firmado a fines de enero de 2013, tuvo una expectativa de gestación (con destino a su futura entrada en vigor) de unas pocas semanas, ya que Irán, según el propio denunciante, abandonó todo interés en el asunto tras el comunicado oficial de Interpol un mes y medio después, el 15 de marzo de 2013. Y efectivamente, transcurridos casi dos años, desde aquel entonces no hubo avance alguno".

"Para decirlo en términos llanos. La criatura concebida en el marco del Memorándum, esto es, la "Comisión de la Verdad", nunca pudo nacer. Desde aquel entonces transcurrieron ya dos años. Y luego, fue sepultada, seis meses atrás, a partir de haber sido declarada inconstitucional", explicaba.

"Con este panorama, ensayar aun así una hipótesis de delito de encubrimiento, realmente, carece de todo sentido. Tanto desde el punto de los hechos, como especialmente, desde el Derecho", sentencia.

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