El Ayuntamiento de Viladecans pierde la batalla ante el Tribunal Supremo que anula del concurso del 2009 y da la razón al ex jefe de la Guardia Urbana
Catalunya Press.- Después de una larga batalla legal, Alfonso Casal, ex jefe de la Guardia Urbana de Viladecans, ha conseguido que el Tribunal Supremo le dé la razón frente al Ayuntamiento que le impidió optar a la plaza de Intendente por poner una limitación de edad de 55 años a los candidatos de ese concurso en 2009. El Tribunal Supremo ha concluido que fijar que este límite de edad supone un "trato desigual" y vulnera la Constitución.
En una sentencia recogida del 29 de enero de 2015, el Alto Tribunal anula unas bases y una convocatoria del Ayuntamiento de Viladecans, de 2009, para la provisión de una plaza de intendente de la Policía Local, al entender que el requisito de edad es discriminatorio y considerar que no es razonable en relación a los principios de mérito y capacidad.
Puestos en contacto con el gabinete de prensa del municipio ningún portavoz autorizado ha querido hacer declaraciones ya que siguen "estudiando" esta sentencia del Supremo que es demoledora para sus intereses. La otra parte asegura que hará cumplir la misma exigiendo responsabilidades penales si no se hace, lo cual podría suponer que el actual alcalde Carles Ruiz tendría que cesar al actual Jefe de la Guardia Urbana y convocar un nuevo concurso. Como quiera que hay otras querellas en curso, esta sentencia puede decidir definitivamente la suerte de las mismas a la vista que la del Supremo crea jurisprudencia.
Catalunya Press que lleva más de un año informando de este asunto ha obligado a la oposición a preguntar en varios plenos por el llamado "caso Casal", y el portavoz socialista ha llegado a afirmar que lo publicado era mentira. Algo, que como se ha visto por la sentencia, deja en evidencia al grupo gobernante, que ahora mismo no sabe qué hacer con una decisión judicial que no deja ninguna duda de que el Alcalde Ruiz se equivocó gravemente y decidió un concurso a su mejor criterio, algo a lo que tiene ya acostumbrado a sus conciudadanos. Ahora tendrá que cumplir con el Supremo o atenerse a una solución penal que le obligaría a abandonar la Alcaldía.
La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso ha estimado, sin lugar a dudas, e el recurso de casación presentado por Alfonso F.C., uno de los aspirantes que superaba el límite de edad, anulando así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) del 28 de enero de 2013, que rechazaba la petición y avalaba el límite de edad por la naturaleza de la actividad policial, dada su singularidad y relevancia.
Para el Supremo, el Ayuntamiento se limitó a justificar con vaguedades los límites de edad fijados. El Consistorio apeló a la complejidad de las funciones a desarrollar en el puesto, a las potestades de auto-organización y a la necesidad de garantizar un tiempo de permanencia suficiente en el cargo para abordar los procesos de cambio necesarios a largo plazo.
Según la sentencia, el hecho de que alguien vaya a desarrollar un proceso a largo plazo no es un argumento suficiente para restringir la edad de los candidatos. Por ese motivo, el alto tribunal da la razón al aspirante y revoca el aval a la convocatoria por parte del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).
Es de destacar, finalmente el encomiable valor y coraje demostrado por Casal, quien aquejado de una grave enfermedad ha seguido peleando por conseguir que se le hiciese justicia, gastándose para ello todos sus ahorras en defender sus causa. A veces, David dobla la rodilla de Goliat, e incluso, como es el caso, le propina una formidable paliza. Nos alegra como medio de comunicación haber apoyado al más débil, y hoy poder ofrecerles esta buena noticia. Por cierto, en un caso como éste tan claro y vergonzoso ¿ el PSC no debería éticamentepedirle a su alcalde que dimita?
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