jueves, 28 de marzo de 2024 13:05
Sociedad

¿El Intendente Jefe de la Policía Local de Viladecans se toma a la ligera sus obligaciones?

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Vilapress.- Domenec Camañes es el intendente Jefe de la Policía Local de Viladecans, y como tal, es el máximo encargado de velar por la veracidad de los documentos públicos que escriben los agentes bajo su cargo durante su turno de servicio. ¿Se toma a la ligera este responsable público su cometido?

Según la documentación a la que ha tenido acceso Vilapress, el pasado mes de enero ,Camañes ordenó al sargento de turno, que "cambiara el enunciado de un servicio de la noche anterior" ya que la redacción dada por este agente presuntamente no era "de su gusto" y teniendo presente que la introducción de ese nuevo redactado en el parte de servicio supondría incurrir jurídicamente en falsedad material.

Cabe destacar que este parte policial de servicio es un documento que se entrega y firma a la Dirección de la Polícia Local de Viladecans, habitualmente sin que se admita con posterioridad modificación alguna.

El día de autos, el sargento en cuestión, y a la luz de los documento, realizó un cambio al día siguiente de su guardia nocturna por orden del Intendente Camañes, para que en lugar de decir que el "agente x se incorporará a su turno al día siguiente porque se encontraba prestando servicio con el Intendente", se hiciera notar que dicho agente "se incorporará a su turno al día siguiente debido a un internamiento hospitalario urgente" .

Todo este asunto sorprende con la jurisprudencia en la mano ya que "a todo funcionario público se le exige un comportamiento intachable y de respeto a la legalidad, debiendo adecuar su comportamiento profesional a las normas que lo regulan" y con "dedicación exacta y eficaz en el servicio que presta".

Y siendo de su competencia exclusiva y teniendo presente el cargo que ostenta en la actualidad Domenec Camañes tiene que velar sin tacha por "la seguridad jurídica del contenido de los documentos públicos que sirven para reflejar fidedignamente la actuación administrativa". En este sentido cabe afirmar que es clara la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal, en su artículo 390, en el qu se afirma que "será castigado con penas de prisión y multa e inhabilitación la autoridad o funcionario público que en el ejercicio de sus funciones cometa falsedad".

Por eso solo cabe hacerse algunas preguntas ¿el Intedente Jefe de la Policía Local de Viladecans se toma a la ligera sus obligaciones?. Y la pregunta más difícil de hacer ¿tendrá conocimiento el alcalde, Carlitos, "el más mandón", de todo lo que se les ordena hacer a los agentes que tienen que estar calladitos?

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