martes, 26 de mayo de 2026 10:31

Economía

Planas trabaja para marcar excepciones a la obligatoriedad de todos los agricultores a cotizar como autónomos

El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, ha confirmado este viernes que está "en conversaciones" con el Ministerio de Inclusión Social para "clarificar" las excepciones a la obligación de cotizar como autónomo a todo el que tenga ingresos por su explotación agraria, entre ellos a los agricultores para los que el campo no sea su actividad principal, y ha confiado en que en los próximos días se pueda concretar esta aclaración.
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Archivo - Agricultor en un campo

El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, ha confirmado este viernes que está "en conversaciones" con el Ministerio de Inclusión Social para "clarificar" las excepciones a la obligación de cotizar como autónomo a todo el que tenga ingresos por su explotación agraria, entre ellos a los agricultores para los que el campo no sea su actividad principal, y ha confiado en que en los próximos días se pueda concretar esta aclaración.

Planas, tras reunirse en Valencia con la consellera de Agricultura, Mireia Mollá, y el sector citrícola, ha admitido que se trata de una cuestión que está causando "preocupación" a los agricultores y confía en que pueda resolverse en "unos días".

Al respecto, ha explicado que el origen de esta problemática está en la valoración que se da a una modificación legal que se introdujo en uno de los decretos leyes que se aprobaron durante la pandemia para dar precisamente "una mejor respuesta a la situación de los autónomos", la disposición sexta incluida en el Real Decreto 15/2020 de 21 de abril, y que efectivamente se puede "leer como una obligación de estar de alta en el sistema de Seguridad Social como autónomo" a todo el que tenga ingresos por su explotación agraria.

Por ello, ha explicado que desde su departamento están en conversaciones con el Ministerio de Inclusión Social para "hacer una aclaración de la aplicación de la norma" y que "se fije que los agricultores a tiempo parcial o que se dedican al campo como actividad complementaria no deben estar necesariamente de alta como autónomos en el Sistema de Seguridad Social agraria", sino que estos casos deberán estarlo en el régimen que marque su actividad principal.

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