martes, 23 de abril de 2024 14:43
Sociedad

El Arzobispado de Madrid aceptará donativos de los cristianos que pidan la nulidad matrimonial, desde hoy gratis

El Arzobispado de Madrid aceptará donativos de los cristianos que procedan a pedir la nulidad matrimonial, proceso que desde hoy es gratuito, al entrar en vigor el 'Motu Proprio' del Papa Francisco, Mitis Iudix Dominus Iesus (El Señor Jesús, juez clemente).

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El Arzobispado de Madrid aceptará donativos de los cristianos que procedan a pedir la nulidad matrimonial, proceso que desde hoy es gratuito, al entrar en vigor el 'Motu Proprio' del Papa Francisco, Mitis Iudix Dominus Iesus (El Señor Jesús, juez clemente).


Este martes, al finalizar la Misa con motivo de la Inmaculada Concepción en la catedral, el arzobispo de Madrid, monseñor Carlos Osoro, ha leído el decreto por el que se aplica el motu proprio sobre la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad del matrimonio.


En el texto, firmado este mismo martes, el arzobispo de Madrid dispone la supresión de todas las tasas judiciales en el Tribunal Eclesiástico Metropolitano de Madrid, si bien, con el fin de "colaborar al sostenimiento de la Iglesia, se invitará a todos los cristianos y a quienes utilicen este servicio pastoral a ofrecer un donativo en la medida de sus posibilidades".


Además, el Tribunal Eclesiástico Metropolitano ofrecerá a todos la posibilidad de estar asistido en el proceso gratuitamente por un abogado y quienes, no obstante, prefieran la asistencia particular de otro abogado, podrán hacerlo libremente, ateniéndose a las prescripciones vigentes en el Tribunal Eclesiástico Metropolitano de Madrid.


Estos abogados particulares, para ser admitidos en el proceso, deberán estar incluidos en el elenco de letrados del Tribunal, estar en posesión de una adecuada formación en Derecho Canónico, debidamente acreditada, preferentemente licenciatura o doctorado en Derecho Canónico, y sus emolumentos no deberían ser superiores a 2.500 euros en el proceso ordinario y 1.000 euros en el proceso más breve.


La reciente modificación del proceso canónico para la declaración de nulidad introduce tres novedades principales: se asegura la gratuidad del proceso, se elimina la obligatoriedad de una doble sentencia conforme, y en los casos más evidentes, será el propio obispo quien lleve la causa.

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