viernes, 5 de septiembre de 2025 17:16

Economía

El TJUE señala que las acciones contra el cártel de coches no están prescritas, según Facua

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha indicado al Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza que el plazo para que los consumidores afectados por el cártel de coches puedan reclamar una indemnización no está prescrito, en contra de lo que argumentan en su defensa algunos fabricantes, según ha informado Facua.
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Archivo - Entrega de las llaves de un vehículo.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha indicado al Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza que el plazo para que los consumidores afectados por el cártel de coches puedan reclamar una indemnización no está prescrito, en contra de lo que argumentan en su defensa algunos fabricantes, según ha informado Facua.

El juzgado de Zaragoza que se dirigió al alto Tribunal Europeo para plantear la cuestión prejudicial paralizó por ello la demanda de Facua contra Opel España en representación de sus socios afectados por esta práctica, después de haberlo hecho también con otra causa contra Nissan que motivó su consulta el TJUE.

El TJUE aclara que la fecha en la que empezó a correr el plazo de prescripción fue, en el caso de Nissan, el 7 de junio de 2021, día en el que el Tribunal Supremo (TS) emitió la primera sentencia confirmando la existencia del cártel de coches. A partir de ahí, los afectados tienen cinco años para reclamar, por lo que, en ese asunto, el plazo permanecerá abierto hasta junio de 2026.

Esta interpretación debe extenderse a cada marca en particular, entendiendo que el plazo empieza a correr en la fecha en la que el TS haya dictado para cada caso la sentencia confirmatoria de la participación en el cartel.

Los afectados a los que Facua defiende en los diez procedimientos judiciales abiertos con sus demandas compraron automóviles de quince marcas afectadas por el cártel para elevar los precios (Alfa Romeo, BMW, Citroën, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Lexus, Nissan, Opel, Peugeot, Renault y Toyota).

Las demandas de la asociación fueron interpuestas entre octubre de 2022 y abril de 2023 contra los fabricantes BMW Ibérica, Fiat Chrysler Automobiles Spain, Ford España, Honda España, Hyundai Motor España, Nissan Iberia, PSAG Automóviles Comercial España, Opel España, Renault España y Toyota España.

Los procedimientos judiciales emprendidos por la asociación están abiertos en los juzgados de lo mercantil de Barcelona, donde tienen sus sedes sociales Honda y Nissan; Zaragoza, en la que tiene su sede Opel; y Madrid, donde están los otros siete fabricantes.

EL TJUE AVALA EL DERECHO DE INDEMNIZACIÓN
El TJUE ha avalado este jueves el derecho de indemnización de los afectados por el cártel de 2015 en el que participaron 21 fabricantes y distribuidores de marcas de automóviles en España y que culminó con una multa de 171 millones de euros impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

La decisión del la CNMC fue objeto de varios recursos de anulación interpuestos por autores de la supuesta infracción, incluido Nissan, pero fue confirmada por el Tribunal Supremo en 2021.

En su sentencia de este pasado jueves, el TJUE considera que, si bien corresponde al juez nacional pronunciarse al respecto, la acción por daños del presente litigio no parece haber prescrito, porque el plazo de prescripción empieza a correr una vez que las resoluciones sean firmes y la persona afectada tenga conocimiento de toda la información necesaria para ejercitar la acción por daños.

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