Bruselas expedienta a España por no adaptar las nuevas normas de pagos instantáneos
La Comisión Europea ha expedientado este miércoles a España por no haber adaptado a su legislación nacional las nuevas normas que permiten a proveedores de servicios de pago no bancarios, como las entidades de dinero electrónico, participar en los sistemas de pago instantáneo.
Junto a España, Bruselas ha enviado una carta de emplazamiento también a Austria, Bélgica, Grecia, Países Bajos, Polonia, Portugal y Rumanía por no transponer las modificaciones de la directiva sobre la firmeza de la liquidación y de la segunda directiva sobre servicios de pago.
Estas modificaciones tienen el objetivo de permitir que determinados tipos de proveedores de servicios de pago no bancarios, como las entidades de dinero electrónico, puedan participar en los sistemas de pago instantáneos designados en virtud de la directiva sobre firmeza de la liquidación.
Las modificaciones garantizan que estos proveedores de servicios de pago no bancarios puedan liquidar los pagos de manera eficiente y competitiva cuando prestan servicios como los pagos instantáneos a sus clientes.
Ahora, los gobiernos de los países expedientados disponen de dos meses para responder y subsanar las deficiencias señaladas por la Comisión que, a falta de una respuesta satisfactoria, podrá decidir llevar el caso al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).
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