El Supremo avala que la Autoridad Catalana de Competencia prohíba contratos públicos a empresas sancionadas
El Tribunal Supremo ha confirmado que la Autoritat Catalana de la Competència (ACCO) puede prohibir contratar con el sector público a las empresas sancionadas por infringir la normativa de competencia, informa la ACCO en un comunicado este lunes.
El organismo catalán afirma que el pronunciamiento judicial valida su competencia y, por extensión, que el resto de autoridades de competencia del Estado puedan imponer estas prohibiciones, y recuerda que la ACCO ha sido "pionera" en España a la hora de incluir en sus resoluciones las referidas prohibiciones.
La prohibición de contratar tiene "una importancia capital", dado que implica que empresas que habitualmente participan en licitaciones públicas no podrán resultar adjudicatarias de nuevos contratos durante un determinado período de tiempo y en relación con el ámbito que se determine en la resolución del expediente sancionador por infracciones en defensa de la competencia.
"Se trata de una medida dirigida a garantizar la honorabilidad y fiabilidad de los operadores económicos que contratan con el sector público, evitando que las Administraciones se vean obligadas a contratar con aquellos operadores que ya han sido sancionados precisamente por alterar las condiciones de competencia en concursos públicos", explica.
Estos operadores sancionados "ya han causado un perjuicio a la Administración y, por extensión, al conjunto de los contribuyentes", añade

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