jueves, 15 de enero de 2026 14:16

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El TC anula las sentencias del Supremo que rechazaron el nombramiento del fiscal jefe de Menores acordado por Delgado

Considera que se vulneró su derecho fundamental a "acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas"
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Archivo - Fachada de la sede del Tribunal Constitucional de España, a 26 de septiembre de 2025, en Madrid (España).

Considera que se vulneró su derecho fundamental a "acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas"

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado dos sentencias del Tribunal Supremo (TS) por las que se rechazaró el nombramiento de Eduardo Esteban Rincón como fiscal de Sala de Menores que había acordado la exfiscal general del Estado Dolores Delgado.

Así lo ha expresado la Corte de garantías en una nota de prensa, ponencia del magistrado Ramón Sáez, en la que estima los dos recursos de amparo que interpuso el citado fiscal.

Según el TC, dichas sentencias, fechadas en julio de 2023, vulneraron "el derecho fundamental del recurrente en amparo a acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas".

La sentencia recoge que la exfiscal general trasladó al Consejo de Ministros que el puesto "no exigía de actuaciones ante los órganos judiciales sino de tareas de organización, unificación de criterios y dirección de la actividad de los fiscales de menores en todo el territorio del Estado", lo que "atribuye singular importancia a la experiencia del candidato en áreas organizativas e institucionales".

Además, remarca que, el nombrado "se integraría en la Junta de Fiscales de Sala, órgano que asiste al Fiscal General, con funciones de asesoramiento en todo tipo de materias".

EL TS RECHAZÓ LOS CRITERIOS DE DELGADO
La Corte de garantías subraya que el recurrente "había dirigido como fiscal jefe de Madrid la actividad de las secciones de reforma y protección de menores de mayor tamaño de España". El TC entiende que el Supremo rechazó "la pertinencia de los criterios ofrecidos" por Delgado.

"Las sentencias anularon el nombramiento al considerar que este pivotaba sobre la mayor especialización en menores pues la plaza tenía un perfil bien determinado, de modo que descartaba sin apoyo en la ley ni justificación el resto de criterios que había explicitado la propuesta de nombramiento", señala el Constitucional.

RESTITUCIÓN COMO FISCAL DE SALA
La anulación de las sentencias "implica exclusivamente la restitución del recurrente de amparo en la condición de fiscal de sala", añade el TC. Esto, "sin efectos sobre la plaza de fiscal de sala coordinador del área de menores que fue adjudicada en un concurso posterior a otro fiscal".

La decisión ha contado con el voto particular de Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías Castaño, y se han abstenido el presidente, Cándido Conde-Poumpido y el magistrado César Tolosa Tribiño.

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