sábado, 27 de abril de 2024 04:32
Sociedad

Puedes quemar la foto del Rey si te apetece, según la Audiencia Nacional

José de la Mata ha archivado una denuncia policial por quemar fotos del Rey Felipe VI al mostrarse de acuerdo con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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Quemar foto del Rey


El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha archivado este miércoles una denuncia policial por quemar fotos del Rey Felipe VI al mostrarse de acuerdo con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en que se enmarca en la libertad de expresión y en una "manifestación simbólica del rechazo y de la crítica política de la Corona".


Precisamente, la denuncia fue presentada contra una joven que participó en una protesta que se convocó después de que el tribunal con sede en Estrasburgo condenara a España a indemnizar a dos jóvenes catalanes a quienes la Audiencia Nacional impuso 15 meses de cárcel en 2008 por un delito de injurias a la Corona -pena que fue sustituida por multa de 2.700 euros- por quemar una foto de los Reyes tras una manifestación en Girona.


NO INCITA AL ODIO NI A LA VIOLENCIA


La misma Audiencia Nacional que, tras ver la sentencia del TEDH del pasado 13 de marzo, opta esta vez por archivar la denuncia porque "el acto denunciado fue expresión simbólica de una insatisfacción y de una protesta que no incitó al odio o a la violencia y que no constituye una manifestación del discurso del odio".


En su auto de archivo, De la Mata recoge distintas sentencias de la Audiencia Nacional que aluden a la libertad de expresión, pero también cita la sentencia del tribunal europeo, según la cual la quema de fotos del monarca no supuso un "ataque personal", sino una "crítica a lo que el Rey representa, como Jefe y símbolo del aparato estatal".


ACTO DE PROTESTA


El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 recuerda que, según el TEDH, "un acto de este tipo debe ser interpretado como expresión simbólica de una insatisfacción y de una protesta", una "forma de expresión de una opinión en el marco de un debate sobre una cuestión de interés público, a saber, la institución de la monarquía".


"El TEDH recuerda que la libertad de expresión vale no solamente para las informaciones o ideas acogidas favorablemente o que se consideren inofensivas o resultan indiferentes, sino también para las que hieren, ofenden o importunan: así lo requiere el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura sin los cuales no existe ninguna sociedad democrática", explica el juez.

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