viernes, 29 de marzo de 2024 12:11
Politica

El TC anula el artículo de la Ley de Hacienda catalana sobre contratación de funcionarios

El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de un artículo de la Agencia Tributaria de Catalunya, que había sido recurrido por el Gobierno central al entender que vulneraba el derecho de los ciudadanos de toda España a acceder en condiciones de igualdad a los cargos públicos.

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El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de un artículo sobre la contratación de inspectores para la Agencia Tributaria de Catalunya, que había sido recurrido por el Gobierno central al entender que vulneraba el derecho de los ciudadanos de toda España a acceder en condiciones de igualdad a cargos públicos.


En una sentencia recogida por Europa Press, el Pleno del Tribunal Constitucional ha concluido que las disposiciones adicionales de este artículo sobre 'integración voluntaria en el cuerpo superior de inspectores tributarios de la Generalitat' y del de acceso al Cuerpo técnico de gestores tributarios de la Generalitat vulneran "la competencia atribuida al Estado sobre el régimen estatutario de los funcionarios".


"PRUEBA RESTRINGIDA"


El tribuna considera que se trata de una "prueba restringida de acceso a la función pública" porque veta a varias categorías de personas que cumplen con los requisitos legales, según recoge la sentencia.


Cree que esta norma contradice "de un modo efectivo e insalvable" la normativa básica estatal de acceso a la función pública; concretamente, el artículo 61.1 del Estatuto Básico del Empleado Público.


Este artículo señala que 'los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y de las medidas de discriminación positiva previstas en este Estatuto'.


El tribunal considera que en el caso de la norma catalana no se dan estas dos excepciones, ya que no se trata de un supuesto de promoción interna ni tampoco un caso de discriminación positiva porque "no se determina ningún grupo en situación desfavorable que requiera un mejor trato que el resto de posibles participantes".


EL RECURSO DEL GOBIERNO


Las razones que había esgrimido el Gobierno para impugnar en julio de este año el artículo es que consideraba que vulnera el derecho fundamental del artículo 23 de la Constitución, que establece que los españoles "tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes".


En septiembre, el tribunal ya dejó suspendido de forma cautelar este artículo de la ley catalana tras admitir a trámite el recurso del Gobierno que preside Mariano Rajoy.


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