El Constitucional anula la ley del referéndum independentista
La norma fue aprovada el 6 de septiembre y suspendida cautelarmente un día después.
Tribunal Constitucional
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha declarado por unanimidad la inconstitucionalidad y nulidad de la Ley denominada "del Referéndum de Autodeterminación" aprobada por el Parlamento de Cataluña el pasado 6 de septiembre y que fue suspendida cautelarmente un día después.
Dicha suspensión supuso la prohibición expresa de celebración de la consulta del pasado 1-0 sobre la que se sustentan los planes secesionistas del Gobierno de Cataluña.
El tribunal de garantías, que estima el recurso presentado por la Abogacía del Estado, afirma que la norma catalana invade competencias estatales en materia de consultas de carácter referendario y vulnera, entre otros principios constitucionales, la supremacía de la Constitución, la soberanía nacional y la indisoluble unidad de la Nación española.
Sostiene, asimismo, que durante la tramitación parlamentaria de la ley el Parlamento de Cataluña incurrió "en muy graves quiebras del procedimiento legislativo", afectando de ese modo a la formación de la voluntad de la Cámara, a los derechos de las minorías y a los derechos fundamentales de todos los ciudadanos a participar en los asuntos públicos mediante representantes.
La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Andrés Ollero, asevera que "un poder que niega expresamente el derecho se niega a sí mismo como autoridad merecedora de acatamiento".
La sentencia analiza los vicios de inconstitucionalidad denunciados por la Abogacía del Estado desde tres distintas perspectivas: la competencial, la sustantiva y la relativa a la tramitación parlamentaria.
Escribe tu comentario