El Tribunal de la UE confirma la anulación del registro como marca europea de la forma del cubo de Rubik
El Tribunal General de la Unión Europea ha confirmado este miércoles la anulación del registro como marca europea protegida de la forma del cubo de Rubik, al estimar que las características esenciales del diseño "son necesarias para obtener un resultado técnico" y por tanto no debería haber sido registrado como marca.
El caso se remonta a 2013, cuando la empresa 'Verdes Innovations' contestó ante la Oficina de Propiedades Intelectuales de la UE (EUIPO) cuatro registros de marca de puzzles tridimensionales por la británica Spin Masyer Toys entre 2008 y 2012.
La agencia europea estimó las solicitudes de nulidad de las marcas pero la empresa británica impugnó las resoluciones ante la Justicia europea, alegando que las marcas que aspiraba a proteger no estaban constituidas exclusivamente por la forma --sino también por los distintos colores de las seis caras-- y que, en todo caso, no son características necesarias para un resultado técnico.
En su sentencia, ante la cabe recurso, el Tribunal con sede en Luxemburgo constata que los seis colores específicos situados en las caras del cubo y su supuesta "disposición específica" no constituyen una característica esencial de las marcas controvertidas.
Así, razona que estos elementos tienen una importancia "menor y secundaria" respecto de la forma del cubo, de la estructura cuadriculada y de la diferenciación de las caras del cubo, que, en cambio, sí son las características esenciales de las marcas.
Además, explica que la diferenciación de los pequeños cuadrados en cada cara del cubo en seis colores básicos, es inherente y consustancial a la forma representada y es parte integrante de dicha forma.
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