Las compañías del Ibex 35 deberán informar sobre la composición por sexos de sus consejos a partir de 2027
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha aclarado que las compañías del Ibex 35 deberán informar sobre el sexo menos representado en el consejo y en la alta dirección cuando remitan su informe anual de 2026 que, para ejercicios naturales, se realiza en los cuatro primeros meses de 2027.
El supervisor de los mercados ha elaborado un documento de preguntas y respuestas en la que aclara diversas dudas y cuestiones que se han recibido acerca de cómo interpretar algunos requisitos del régimen de representación equilibrada de mujeres y hombres en el consejo de administración y en la alta dirección contenido en el artículo 529 bis de la Ley de Sociedades de Capitales.
Este régimen se ha incluido como consecuencia de la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres que, en su capítulo V, transpone al ordenamiento jurídico español la directiva europea de noviembre de 2022, relativa a un mejor equilibrio de género de las sociedades cotizadas y a medidas conexas.
Esta trasposición modificó el artículo 529 bis, de la disposición adicional séptima e introdujo una nueva disposición adicional decimosexta en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
En el documento publicado este jueves por la CNMV, una de las cuestiones versa sobre la entrada en vigor de la obligación de elaborar y publicar la información sobre la representación del sexo menos representado en el consejo de administración de las compañías cotizadas, teniendo en cuenta las diferentes capitalizaciones.
La CNMV aclara que, para aquellas 35 empresas con mayor capitalización bursátil, aplicarán las obligaciones a partir del 30 de junio de 2026, mientras que para el resto de sociedades cotizadas será de aplicación un año más tarde, el 30 de junio de 2027.
"Esto significa que, si bien los porcentajes de presencia del sexo menos representado en el consejo deberán cumplirse desde las fechas antes señaladas, la información sobre el sexo menos representado en el consejo y en la alta dirección no se tendrá que publicar por primera vez en la web de las entidades obligadas, y las sociedades cotizadas no tendrán que remitirla por primera vez a la CNMV, hasta que no remitan su primer informe financiero anual", que se cerrará con posterioridad a las fechas indicadas.
Como ejemplo, explica que las 35 sociedades con mayor capitalización no tendrán que publicar por primera vez esta información hasta la publicación de su informe financiero anual del ejercicio 2026, "a ser publicado, para las entidades con ejercicio natural, en los primeros cuatro meses de 2027".
Conviene subrayar que algunas de las empresas del Ibex 35, siguiendo las recomendaciones de la propia CNMV, ya cumplen con los objetivos marcados e incluyen estas informaciones en sus informes de gobierno corporativo.
Por otro lado, la CNMV explica que las sociedades cotizadas difundirán "de manera específica" la información que exige ahora la Ley de Sociedades de Capitales sobre el sexo menos representado en el consejo, es decir, que no se difundirá el informe de sostenibilidad en su conjunto, sino "solamente la sección concreta que aborda los requisitos" de la ley, como otra información relevante (OIR, un tipo de notificación a la CNMV) "de forma simultánea al informe anual de gobierno corporativo y al informe anual sobre remuneraciones de los consejeros y consejeras".
También especifica que para las entidades de interés público no cotizadas los umbrales cambian. Para el 30 de junio de 2026 deben alcanzar el 33% del sexo menos representado en el consejo de administración y velar porque la alta dirección tenga en esa fecha una composición que asegure la presencia de al menos el mismo porcentaje del 33%.
Tres años más tardes, es decir, el 30 de junio de 2029, los umbrales anteriores se elevarán al 40% en el consejo y en la alta dirección.
Al igual que en cotizadas, la información sobre los porcentajes alcanzados y las políticas y medidas adoptadas no tendrá lugar hasta la publicación del primer informe financiero anual, con cierre posterior a la fecha de entrada en vigor de las obligaciones establecidas por la Ley Orgánica 2/2024.
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