Tras cuarenta años de constitucionalismo, la realidad del Tribunal Constitucional español ha venido a apartarse no poco del esquema de 1978.
Está pendiente de resolverse si el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena acuerda conceder o no a Sánchez permiso para acudir al Pleno de investidura.
Dos asuntos sobre la mesa: fijar un plazo para la celebración del Pleno y el recurso contra la investidura de Puigdemont.
Para su abogado, Jaume Alonso Cuevillas, con esta decisión el TC "ha intentado no desautorizar al Gobierno", y ha interpretado textualmente que el tribunal hace el ridículo.
El acuerdo de consenso logra además la unanimidad de todos los magistrados, evitando así romper la unidad que ha mostrado el Tribunal de garantías en todas sus resoluciones sobre el 'procés'.
La opinión del Consejo de Estado no es vinculante, pero su pronunciamiento supone un duro revés para el Ejecutivo de Mariano Rajoy.
Los que pintan las sedes de los periódicos se merecen ser detenidos inmediatamente. Eso es lo que espero que Mossos haga con los autores de las pintadas en la sede de Crónica Global.
El Tribunal Constitucional anula la Ley 'antitransfuguismo' por vulnerar el derecho a la participación política.
Junta de Andalucía mantendrá 35 horas presenciales y computará tareas en ámbito doméstico para llegar a 37,5 horas que mandata el Tribunal Constitucional.
La medida es consecuencia de la admisión a trámite del último recurso presentado por el Gobierno central, que por vía del denominado incidente de ejecución de sentencia solicita que dichos acuerdos sean declarados nulos.
La norma fue aprovada el 6 de septiembre y suspendida cautelarmente un día después.
La suspensión se produce por "urgencia excepcional" al considerar que la si se lleva a acabo la sesión parlamentario "produciría un perjuicio de imposible o muy difícil reparación que haría perder su finalidad al recurso de amparo".
Si en uno de esos lugares se prepara el plebiscito mientras hay servicios públicos en marcha, se deberán cerrar sólo las dependencias que afecten al 1-O.
El Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de Rajoy contra la ley de ruptura de Cataluña, hecho que supone la suspensión cautelar.
De momento, el TC ha rechazado de plano la recusación de Forcadell contra todos sus miembros, a quienes consideró 'contamidos' para dictar sobre este asunto.
La Ley 92.4 del TC permite a este órgano intervenir la autonomía sin necesidad de aplicar el artículo 155 de la Constitución. Así el Gobierno no va a tener que intervenir.
Los doce magistrados del Pleno del TC han acordado por unanimidad mantener la suspsensión durante cinco meses de la reforma que daba vía libre al Govern a aprobar la ley del referéndum por lectura única.
La defensa de Rivas ya había presentado un primer recurso el 31 de julio ante el Constitucional, que también fue rechazado.
El alto tribunal no ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado este mismo lunes porque no cumple con el requisito consistente en la falta de agotamiento de la vía judicial previa.
Pide al Alto Tribunal que declare nulos los acuerdos de este órgano, pero renuncia a reclamar la paralización de los trabajos.