sábado, 20 de abril de 2024 17:25
Opinión

UN PROCESO DE AÑOS

Robert Pastor
Robert Pastor



El jueves pasado, más de doscientas personas se manifestaron en Andorra la Vella, entre clientes y trabajadores de Banca Privada de Andorra (BPA) bajo el lema «Soluciones ya». La participación fue una de las más numerosas que se recuerdan.



A título comparativo podemos recordar que la concentración de trabajadores del primero de mayo de este año apenas reunió una treintena de participantes, según el recuento de los mismos medios de comunicación.



El asunto que ha sacudido Andorra desde el pasado mes de marzo está cerca de una primera resolución (un plazo de entre dos y tres meses, según los cálculos actualizados por el gobierno) pero muy lejos, en años, del fin de todos los contenciosos judiciales acumulados en demandas de plataformas diversas de clientes, colectivo de personal y propietarios, sobre todo por los dos accionistas principales, los hermanos Higini y Ramon Cierco.



La primera fase de investigación de la legitimidad de las cuentas, y un informe previo de los interventores judiciales se cerró hace ya más de una semana. Falta la supervisión en forma de auditoría de la empresa estadounidense PriceWaterhouse & Cooper (PwC) que recibió el encargo del gobierno, que debería estar ya terminado y enviado al órgano del Tesoro de Estados Unidos que con su informe precipitó la intervención de la entidad. El coste de este trabajo para las cuentas públicas del país se ha calculado en unos diez millones de euros.



El nuevo plazo añadido por el ejecutivo es el concedido a la entidad creada por la ley específica del mes pasado, la Agencia para la reestructuración de entidades bancarias (Areb), que en primera instancia asumiría la titularidad del «banco bueno », libre de capitales supuestamente procedentes de delitos, y que haría un nuevo repaso de la legitimidad de los fondos de cada uno de los clientes, uno por uno.



Porque lo cierto es que, según fuentes oficiosas pero fiables, el trabajo de los interventores no encontró más inversiones sospechosas que las cuatro ya conocidas de los procesos abiertos en España al ruso Petrov y el chino Gao Ping, el lavado de capital venezolano con el ex jefe de la unidad de la policía antidroga como supuesto máximo responsable, ahora en busca y captura en su país, y la posible inversión atribuida en algunos medios al cártel de narcotráfico mexicano de Sinaloa.



En todos los casos más investigados, entre estos cuatro, las cantidades depositadas en la BPA fueron disminuyendo progresivamente y sustantiva en los últimos años.



Si estas impresiones relativamente buenas se confirman, la Areb se encontraría con una entidad bastante solvente, «limpiada» y relativamente fácil de vender. De hecho, el gobierno ya adelantó que había dos entidades extranjeras y dos nacionales interesadas en la compra. Más reciente ha sido la concreción del interés por hacerse cargo de Morabanc -antiguo Banco Internacional-Banca Mora, durante años participado por el BBVA hasta que las presiones del Banco de España le hicieron salir de la propiedad-, aprovechando el capital que preveía destinar a la adquisición de una entidad española, hasta que fracasó la operación.



El caso BPA, además de los problemas directos, tiene otras consecuencias derivadas. Tales como la decisión del ejecutivo de llevar al parlamento un agravamiento de las condenas por contrabando al código penal, añadiendo a este delito el de blanqueo de dinero procedente de la actividad.



Parece que sin relación directa, sino por un cambio de la estrategia de la defensa, Jordi Pujol Ferrusola ha cambiado de opinión, y ha retirado en parte el recurso contra la entrega de los datos de sus cuentas corrientes que pidió el magistrado de la Audiencia Nacional española Pablo Ruz. Sólo mantiene la oposición a que se den las cifras anteriores a 2004, porque el posible delito habría ya prescrito.



Así estábamos cuando El Periódico de Catalunya publicaba detalles de una sentencia del Tribunal Supremo español, en la revisión de una condena a una mujer por narcotráfico donde «relaja» el concepto de blanqueo de dinero, que considera no puede incluir los capitales procedentes de actividades lícitas, y si es fruto ilícitas del acota a reinversiones en «« compras de empresas, acciones, títulos financieros o inmuebles que puedan ser revendidos ".



Aún más, excluye de las cantidades considerables como «lavados» las gastadas «para atender las necesidades vitales cotidianas» y, para dejarlo más claro, excluye de la consideración de blanqueo en la sentencia que revisa, de la Audiencia Nacional, 47.984 euros gastados por la acusada en billetes para viajar a la República Dominicana, 7.000 más del alquiler de su vivienda, y los pagos de compras con la tarjeta de crédito.



Puestos, los magistrados llegan a decir -por escrito y siempre según la información leída al mismo periódico- que el importe de «gastos ordinarios», como las mencionadas entre otros, ni siquiera se pueden considerar lavado de capitales cuando sean cantidades que «se deberían haber pagado a Hacienda».



Si estos criterios se aplicaran a las cuentas de españoles -o de otros extranjeros- en entidades financieras andorranas la exigencia internacional de transparencia y fin absoluto del secreto bancario debería ser bastante aliviada. Pero ya se sabe que en relaciones internacionales mandan los intereses de cada estado, al margen de cualquier criterio de equidad y ética.

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