jueves, 8 de mayo de 2025 12:03

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El Constitucional anula parte de la Ley catalana de Presupuestos

El Tribunal Constitucional alega que lo impide la Ley de los Presupuestos Generales del Estado (LPGE).

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El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucional y nula una parte de la Ley de Presupuestos de la Generalitat de Catalunya que permite el incremento del gasto público en materia de personal. El motivo: que lo impide la Ley de los Presupuestos Generales del Estado (LPGE).


Según ha informado este viernes el TC en un comunicaco, el inciso de la ley permite aumentar este gasto previa autorización del Gobierno cuando la finalidad sea "la puesta en funcionamiento de nuevos servicios" y la sentencia, que estima el recurso presentado por el Gobierno, ha determinado que esta previsión contradice lo dispuesto por el Estado.


La Ley de Presupuestos Generales del Estado prohíbe expresamente "cualquier gasto en materia de personal que conlleve un incremento global de la masa retributiva autorizada para 2015".


La sentencia recuerda la doctrina constitucional en la materia por la que el Estado "puede establecer medidas de contención de gasto público" incluso cuando estas medidas incidan en la autonomía presupuestaria de las Comunidades Autónomas.


Según el Tribunal Constitucional, la atribución competencial "no es objeto de discusión" ya que tanto la Generalitat como el Parlament han reconocido que corresponde al Estado en sus escritos de alegaciones.


El Tribunal ha concluido que el inciso cuestionado es contrario a las previsiones que contiene la Ley de Presupuestos Generales del Estado, según las cuales "con carácter general, no se incrementarán las retribuciones del personal al servicio del sector público" y no podrá incorporarse nuevo personal al sector público salvo excepciones, entre las que no se encuentra la creación de nuevos servicios.


Con estas limitaciones, la Ley estatal de Presupuestos impide "cualquier gasto en materia de personal que conlleve un incremento global de la masa retributiva autorizada para 2015".


La sentencia recuerda que el artículo 34 de la Ley de Presupuestos de la Generalitat de Catalunya prohíbe, como norma general, la ampliación de plantillas "cuando conlleven incremento global del gasto de personal".

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