La CNMC propone actualizar y mejorar la regulación para combatir el aumento del fraude eléctrico
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado una propuesta normativa para actualizar y mejorar la regulación contra el fraude eléctrico, que han aumentado en los últimos años de manera exponencial, proponiendo medidas que recogen procedimientos comunes en las inspecciones, nuevos criterios de facturación y proteger a los usuarios afectados.
En concreto, el documento actualiza la propuesta que fue remitida por la CNMC al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el año 2015 para abordar la regulación del fraude eléctrico, simplificando algunas medidas del procedimiento para facilitar su implementación y adaptándolo a la normativa vigente.
En su informe, el organismo presidido por Cani Fernández propone fijar unos procedimientos comunes de actuación para los distribuidores cuando realicen sus inspecciones. También aborda las actuaciones en caso de confirmarse el fraude y las comunicaciones entre los sujetos afectados.
Además, se plantea que en aquellos barrios vulnerables donde los fraudes pongan en peligro la seguridad de las instalaciones y de las personas se implementarán planes de contingencia. Las medidas adoptadas, como los cortes del suministro, buscarán minimizar el impacto en los consumidores que pagan sus facturas y se prestará especial atención a los hogares con consumidores vulnerables.
NUEVOS CRITEROS DE FACTURACIÓN.
En lo que respecta a la facturación, la CNMC aprobará mediante una resolución los valores de potencia y horas de utilización de energía para facturar los importes derivados del fraude en los casos en que no puedan aplicarse criterios objetivos.
Los precios de peajes y cargos serán los correspondientes, según el tipo de consumidor. El coste de la energía será el regulado; es decir, el equivalente al coste de energía del PVPC -tarifa regulada-.
Asimismo, se propone que los peajes y cargos se incrementen por un factor multiplicador. La CNMC y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, cada uno en el ámbito de sus competencias, se encargarán de su aprobación.
Por su parte, los peajes de acceso y cargos, así como la energía, en el caso de que sea facturada por el distribuidor en los casos de detección del fraude, serán integrados en el sistema de liquidaciones reguladas. La energía asociada al fraude será declarada al operador del sistema (Red Eléctrica de España) como pérdidas por fraude para mejorar la transparencia de la información del sistema.
Esta propuesta de la CNMC es acorde a la Ley 24/2013, y podría ser articulada mediante una normativa con rango de real decreto. Los aspectos que corresponde regular a la CNMC se recogerían en resoluciones de desarrollo de las circulares que se encuentran actualmente en revisión.
EFECTOS NEGATIVOS DEL FRAUDE ELÉCTRICO.
El fraude en el sector eléctrico es un problema que viene incrementándose de manera significativa en los últimos años, generando efectos muy negativos en diferentes ámbitos de la sociedad.
Como uno de los aspectos más preocupantes debe destacarse su impacto en la seguridad ciudadana, por la peligrosidad que conlleva la manipulación de instalaciones y equipos, si bien este fenómeno también afecta a suministros que pueden verse interrumpidos por efecto de los enganches ilegales, así como a la competitividad de las empresas industriales, que presentan importantes perjuicios frente a las empresas defraudadoras que no pagan la totalidad de la energía consumida.
Asimismo, en el sector eléctrico, el fraude afecta a su sostenibilidad económica, al ver reducidos sus ingresos regulados, así como a las empresas distribuidoras en el ejercicio de su actividad como propietarias de las redes y encargadas de la lectura, y a las empresas comercializadoras, que deben abonar a los distribuidores los peajes y cargos de la potencia y energía defraudadas facturadas y no siempre logran recuperar ese importe de los consumidores.
Igualmente, impacta a los consumidores de electricidad, sobre los que se repercute el coste de las pérdidas que se ocasionan como consecuencia de esta actividad fraudulenta.
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