La JEC responde a las dudas del PP sobre el voto por correo tras el 'caso Leire' y dice que sin denuncia no puede actuar
La Junta Electoral Central (JEC) ha respondido a las dudas planteadas por el PP sobre el voto por correo a raíz del caso de la exmilitante socialista Leire Díez, que fue directora de Filatelia y Relaciones Institucionales en Correos de febrero de 2022 a febrero de 2024, y lo ha hecho recordando al PP que el organismo arbitral sólo actúa "ante denuncias sobre hechos o indicios concretos" y que en su escrito ni siquiera especifica sobre qué proceso electoral alberga esas dudas.
El PP se dirigió a la JEC para solicitarle que elaborase un estudio sobre las garantías existentes y la introducción de posibles mejoras en el traslado y custodia del voto por correo hasta su entrega a las mesas electorales el día de las elecciones. Su "creciente preocupación", alegaba, tenía su origen en unos comentarios de la militantes socialista presumiendo de haber ayudado al patido desde Correos en las elecciones generales de 2023.
En un acuerdo recogido por Europa Press, el organismo arbitral responde a la petición remitiéndose a una orden ministerial del 1 de abril de 2024, cuando Leire Díez ya no estaba en Correos.
En esta orden, recuerda la JEC, se establece que Correos "adoptará las medidas oportunas y suficientes para la custodia de la documentación electoral que contenga el voto de los electores hasta su entrega a las Mesas o a las Juntas Electorales". De esas medidas se debe informar detalladamente tanto a la JEC como al Ministerio del Interior con motivo de cada proceso electoral, y el organismo arbitral podrá solicitar las modificaciones que estime oportunas, así como exigir otras adicionales.
La JEC explica al PP que en su momento tomó conocimiento de los informes remitidos por la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, sobre la custodia de los envíos electorales en las elecciones al Parlamento Europeo y en las elecciones autonómicas que se celebraron en el año 2024. Lo mismo, añade, que hizo en procesos anteriores, en cumplimiento de las correspondientes órdenes ministeriales.
SI QUIEREN CAMBIAR LA LEY, PROPÓNGANLO
En este contexto recalca que, mientras no se cambie la ley, la administración electoral debe aplicar los procedimientos dispuestos en la legislación vigente y que la JEC no tiene "competencia normativa en la materia". También recuerda al PP que cualquier cambio o sugerencia al respecto le corresponde a quien tiene iniciativa legislativa.
En relación con la solicitud de que la JEC analice las garantías correspondientes al traslado y custodia del voto por correo, estudiando posibles mejoras en la cadena de custodia y, en su caso, incluso la colaboración en esta tarea de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el organismo arbitral comunica al PP que sólo "actúa ante denuncias sobre hechos o indicios concretos".
"Al no encontrarnos en período electoral y no referirse el escrito a ningún proceso electoral determinado no resulta posible conocer a qué tipo de causas se achaca la preocupación suscitada en relación con estos aspectos del voto por correo", concluye la JEC.
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